Competencia ha constatado que se aprovechó de su condición de Interlocutor Único de Nudo para lograr que se adjudicase a sus instalaciones renovables una mayor capacidad de acceso en detrimento de sus competidores. Por ello, le impone dos multas que ascienden, en total, a 4,9 millones de euros.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, ha impuesto dos multas que, en total, ascienden a 4,9 millones de euros, a Enel Green Power, una distribuidora de electricidad que pertenece a Endesa, por abusar de su posición de dominio en los nudos de acceso a la red de Tajo de la Encantada (220 kW) y Lastras (400 (Kw).
En concreto, Competencia ha constatado que la compañía se valió de su condición de Interlocutor Único de Nudo (IUN) para lograr que se adjudicase a sus propias instalaciones de generación renovable una mayor capacidad de acceso en los citados nudos, en detrimento de sus competidores.
Según aclara la CNMC, Enel Green Power, que como Interlocutor Único debía mantener una posición neutral, priorizó la tramitación de las solicitudes de sus propias instalaciones sobre las del resto; al mismo tiempo, dilató “indebidamente” el envío a Red Eléctrica de España de las solicitudes de las instalaciones promovidas por sus competidores, “discriminando”, de esta forma, las solicitudes de acceso del resto de agentes.
“Con ello, consiguió que no hubiese un reparto justo y equitativo de la capacidad disponible del nudo en ese momento, copando una mayor capacidad de la que le hubiese correspondido lo que, a su vez, impidió que las empresas competidoras pudieran disponer de la capacidad que necesitaban y que motivó su solicitud de acceso”, explican desde la CNMC.
Interlocutor Único de Nudo: ¿Qué es?
Las empresas promotoras de instalaciones de generación renovable acceden a la red transporte de energía eléctrica a través de los puntos de acceso denominados ‘nudo’. Para ello deben solicitar acceso a Red Eléctrica de España (REE) en su condición de gestor de la red de transporte.
Cuando se cometieron los hechos sancionados, la normativa exigía la designación de un Interlocutor Único de Nudo (IUN) de entre las empresas interesadas en el acceso al mismo, cuya misión era tramitar el conjunto de las solicitudes ante REE.
En su papel de tramitador, el IUN debe actuar como representante de todos los solicitantes de acceso. En la tramitación de las solicitudes, el IUN decide la ordenación y coordinación de las mismas antes de su remisión a Red Eléctrica, lo que resulta determinante para la asignación de la capacidad entre los distintos solicitantes.
“La especial responsabilidad derivada de dicha posición de dominio implica que el IUN debe desempeñar sus funciones de forma objetiva, respetando los principios de trasparencia, buena fe y no discriminación”, explican desde la CNMC.