Inicio / Noticias / Sectoriales / Brexit última hora: el marcado CE será válido en Reino Unido hasta el 31 de diciembre de 2021

Brexit última hora: el marcado CE será válido en Reino Unido hasta el 31 de diciembre de 2021

Por Miguel Ángel Jiménez
El marcado UKCA (UK Conformity Assessed) es el sustituto del marcado CE en el Reino Unido post-Brexit, pero se ha establecido este periodo de transición hasta finales de 2021, según informan desde AFME.

El Brexit no deja de generar noticias, en este caso algo más positiva para los fabricantes del sector que exportan al Reino Unido. AFME informa que el marcado CE será aceptado en este país hasta el 31 de diciembre de 2021.

Cabe recordar que el marcado UKCA (UK Conformity Assessed) es el sustituto del marcado CE en el Reino Unido post-Brexit y será obligatorio para aquellos productos que se venían comercializando con el marcado CE a partir del 1 de enero de 2021.

Sin embargo, se ha establecido este periodo de transición, de tal modo que el marcado CE seguirá siendo reconocido en Reino Unido hasta la citada fecha del 31 de diciembre de 2021. Por tanto, “no será obligatorio marcar los productos con el sello UKCA hasta el 1 de enero de 2022 y los procesos para establecer la conformidad serán los mismos como hasta ahora”, explican desde la Asociación.

Desde AFME detallan que aquellas compañías que exporten al Reino Unido deberán marcar los productos que comercialicen en este país con el marcado UKCA y hacer una autodeclaración de conformidad, tal y como se realiza con el marcado CE. “Los productos que están vendiendo hasta ahora con el marcado CE simplemente tendrán que llevar un marcado adicional (el UKCA)”, añaden.

Asimismo, aquellos productos sujetos a certificación obligatoria por una tercera parte tendrán que estar certificados por un organismo reconocido por el Reino Unido (UK-recognised notified body) y sí que tendrán que llevar el marcado UKCA a partir del 1 de enero de 2021.

Otros aspectos a tener en cuenta

La Asociación destaca, además, algunos otros aspectos y salvedades relevantes en esta materia:

  • Durante todo el año 2022 el marcado UKCA podrá realizarse mediante un método no permanente. Ejemplos: una pegatina en el producto o un folleto en el embalaje.
  • Si el producto que se vende estuviera sujeto a certificación obligatoria, sí que tendrán que llevar el UKCA a partir del 1 de enero de 2021. Esto no se aplicaría a stocks puestos en el mercado antes del 1 de enero de 2021.
  • Si se necesita tener un importador o representante autorizado para vender los productos, dicho representante tendrá que contar con sede en Reino Unido (no se reconocerán los que tienen su base en la Unión Europea), a partir del 1 de enero de 2021.

De cualquier modo, en la Asociación remarcan que las negociaciones entre el Ejecutivo de Boris Johnson y los representantes de la Unión Europea siguen presididas por un alto grado de incertidumbre y se desconoce, a día de hoy, cómo serán los términos de la separación. La posibilidad de que finalmente se consiga que se siga reconociendo el marcado CE más allá de 2022 no es descartable, si bien parece difícil a día de hoy.

Si desea más datos sobre este tema, puede consultar los siguientes enlaces:

https://www.gov.uk/guidance/placing-manufactured-goods-on-the-market-in-great-britain-from-1-january-2021

https://www.gov.uk/guidance/using-the-ukca-mark-from-1-january-2021

https://www.gov.uk/guidance/conformity-assessment-bodies-change-of-status-from-1-january-2021

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio