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Foto: Pool Moncloa / JM Cuadrado.
Foto: Pool Moncloa / JM Cuadrado.

Desconfinamiento: Cuándo y a qué horas se puede salir a pasear o a practicar deporte

Por Ángeles Moya
El Ministerio de Sanidad ha establecido unas franjas horarias para diferentes colectivos, que no son de aplicación a los municipios de menos de 5.000 habitantes, y que entrarán en vigor el próximo sábado, 2 de mayo.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha detallado este jueves, 30 de abril, cómo serán los “alivios” para practicar deporte o salir a pasear que están incluidos en la Fase 0 del ‘Plan para la Transición hacia una nueva normalidad‘ que fue adelantado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 28 de abril. “El estado de alarma ha funcionado”, ha dicho con contundencia Illa en su comparecencia desde el Palacio de la Moncloa, en Madrid.

También ha recalcado que “no hay que perderle el respeto al virus“, por lo que ha pedido, como ya hiciera Sánchez, “mucha prudencia y cautela” a lo largo de las distintas fases que comprende el tránsito hacia la “nueva normalidad”. Illa ha anunciado cómo deberán producirse las medidas de “alivio” (actividad física no profesional y paseos con la persona con la que se convive) anunciadas por el jefe del Ejecutivo, medidas que se plasmarán “en una orden ministerial”, ha precisado.

Las franjas horarias que se han establecido, y que entrarán en vigor a partir de las 00:00 horas del sábado, día 2 de mayo, son las siguientes:

  • Entre las 06:00h y las 10:00h. Se puede practicar actividad física no profesional al aire libre dentro del municipio en el que se reside, de manera individual, sin contacto con terceras personas, y se pueden dar paseos con un solo conviviente. Los paseos se pueden realizar a una distancia máxima de un kilómetro desde el domicilio en el que se vive; un solo paseo al día y de una hora, máximo, de duración. Hay que mantener las distancias interpersonales. Se excluyen las personas que se encuentran en cuarentena o en aislamiento domiciliario.
  • Entre las 10:00h y las 12:00h. Pueden salir a la calle, con estas mismas condiciones, las personas dependientes que van acompañadas de un cuidador o cuidadora, y las personas mayores de 70 años.
  • Entre las 12:00h y las 19:00h. Pueden salir los menores de 14 años, tal y como estaban haciendo desde el fin de semana pasado y en las mismas condiciones, pero limitando sus salidas a esta franja horaria.
  • Entre las 19:00h y las 20:00h. Esta franja horaria también se ha habilitado para las personas dependientes y para mayores de 70 años.
  • Entre las 20:00h y las 23:00h. Esta franja horaria se ha reservado también para la actividad física no profesional y para los paseos con una sola persona con la que se conviva (al ser preguntado por familias que viven juntas y que tienen más miembros, Illa ha recalcado que estos paseos sólo pueden realizarse con un conviviente).

El objetivo de establecer estas franjas horarias es “ordenar un poco el día, que no haya coincidencia de niños con personas mayores, y que haya las mínimas aglomeraciones posibles”, ha explicado Illa. Además, el ministro ha insistido que se deben seguir teniendo en cuenta las medidas higiénicas que se anunciaron desde el principio de la emergencia sanitaria ocasionada por la pandemia del COVID-19: lavado frecuente de manos, distancia interpersonal de dos metros (mínimo), e higiene en espacios públicos y privados.

Estas franjas horarias no serán de aplicación en los municipios de menos de 5.000 habitantes, tal y como ha subrayado el ministro. “Entendemos que en esos municipios, por sus condiciones, no hay riesgo de aglomeraciones”. Estas localidades suponen, según Illa, más del 80 % de los municipios españoles y en ellos reside el 12 % de la población.

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