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Guía para las empresas distribuidoras de material eléctrico durante el estado de alarma

Adime recomienda, entre otras cosas, que las empresas distribuidoras elaboren un plan de recomendaciones preventivas relacionado con la seguridad y salud de sus trabajadores.

La Asociación de Distribuidores de Material Eléctrico (Adime) ha publicado una circular para responder a las inquietudes de las empresas dedicadas a la distribución de material eléctrico en relación con el Real Decreto por el que se declara el estado de alarma en España.

Sobre el Real Decreto

Según el artículo 10 del Real Decreto, sobre las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, únicamente se contempla la suspensión de las aperturas de buena parte de los locales y establecimientos minoristas, señalando, además, que dicha suspensión está dirigida al público en general. Sin embargo, no queda reflejado el sector mayorista ni el tratamiento de todo el canal profesional.

También contempla la excepción del cierre de algunos establecimientos minoristas y, entre ellos, aquellos dedicados a la comercialización de equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, evitando en todos los casos las aglomeraciones y controlando que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios.

Recomendaciones

La distribución profesional puede seguir desarrollando su actividad.

Debe contemplarse la apertura de los centros de actividad con un criterio de proporcionalidad, priorizando la seguridad y la salud de las personas trabajadoras.

Organizar el trabajo de modo que se reduzca el número de personas trabajadoras expuestas, estableciendo reglas para evitar y reducir la frecuencia y el tipo de contacto de persona a persona, adoptando medidas como el teletrabajo, la flexibilidad horaria departamental, o la separación de espacios físicos de trabajo.

Debe contemplar también un plan de recomendaciones preventivas relacionado con la seguridad y salud de sus trabajadores y también con la visita a nuestras instalaciones de clientes, proveedores, etc.

Para evitar posibles incidencias en el desplazamiento del trabajador al centro de trabajo o en el desempeño de sus funciones, es recomendable un documento de la propia empresa que certifique que dicho desplazamiento está directamente relacionado para efectuar la prestación laboral, profesional o empresarial.

Medidas de protección sanitaria

Además de las recomendaciones de las autoridades sanitarias, hay que elaborar un plan de recomendaciones preventivas relacionado con la seguridad y salud de sus trabajadores, que incluya los siguientes apartados:

  1. Elaboración de un protocolo de actuación laboral a disposición de todos los trabajadores para establecer los criterios de procedimiento en caso de afectación por cualquier trabajador de la epidemia del coronavirus, además de establecer las medidas adecuadas a implementar en tal situación.
  2. Medidas Preventivas generales a adoptar.
  3. Actuaciones específicas en caso de contagio.
  4. Adopción de medidas organizativas que prevengan el máximo posible las afectaciones en el funcionamiento de la organización.
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