La resolución introduce ajustes temporales en los procedimientos de operación 3.1, 3.2 y 7.2, a propuesta de Red Eléctrica de España (REE), con el objetivo de mitigar episodios recientes de fluctuaciones de tensión en el sistema peninsular.
Hace unos días, Red Eléctrica de España (REE) alertó de la detección de “variaciones bruscas de tensión en el sistema eléctrico peninsular” y solicitó medidas urgentes para, entre otras cuestiones, evitar un nuevo apagón como el experimentado el pasado 28 de abril. Ahora, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado, con carácter temporal y de urgencia, algunas modificaciones en los procedimientos de operación del sistema eléctrico español.
Las medidas, según trasladan desde el organismo, buscan reforzar la seguridad del suministro ante las variaciones rápidas de tensión registradas en las últimas semanas, especialmente en escenarios de baja demanda y alta penetración renovable.
La CNMC comparte la resolución DCOOR/DE/008/25, que establece modificaciones que afectan a los procedimientos P.O. 3.1 (Proceso de Programación), P.O. 3.2 (Restricciones Técnicas) y P.O. 7.2 (Regulación Secundaria). No obstante, el P.O. 7.4 (Control de tensión), también propuesto por REE, aún no se ha adoptado, puesto que requiere un análisis técnico más profundo, según explica la comisión.
¿Qué cambios urgentes y temporales ha aprobado la CNMC?
Entre los ajustes que ha aprobado la CNMC, destacan los siguientes:
- Mayor flexibilidad en la publicación del Programa Diario Viable Provisional (PDVP), para permitir la completa resolución de restricciones técnicas antes de su difusión.
- Posibilidad de anticipar la gestión de insuficiencia de reserva de potencia a subir, trasladando parte del proceso del tiempo real a la programación diaria, con el fin de reducir desequilibrios.
- Seguimiento del programa de rampas (PTR) por parte de las instalaciones habilitadas en regulación secundaria, con carácter obligatorio en los periodos en que participen en el servicio y opcional (aunque exigible por el operador) en otros momentos.
Las medidas tienen una vigencia inicial de 30 días, aunque son prorrogables por periodos de 15 días hasta un máximo de tres meses y siempre que se justifique su necesidad. Además, Red Eléctrica deberá informar de manera diaria a la CNMC sobre el seguimiento y efectos de su aplicación.
Una respuesta rápida
La CNMC justifica la urgencia por la detección, a finales de septiembre, de variaciones de tensión significativas en el sistema peninsular, asociadas a cambios bruscos de generación renovable y a la limitada capacidad de respuesta de algunas unidades de control de tensión.
Según la documentación remitida por REE, la combinación de alta generación fotovoltaica, menor demanda y escasa inercia del sistema ha incrementado la sensibilidad de la red a pequeños desequilibrios de potencia, una situación que podría comprometer la estabilidad si no se actúa con rapidez.
Durante el trámite de audiencia, diversos agentes del sector manifestaron preocupación por el impacto potencial de estas medidas sobre los mercados de ajuste y la participación renovable. En este contexto y como respuesta, la CNMC ha acotado el alcance temporal y ha introducido ajustes para garantizar la proporcionalidad de las medidas.
Equilibrio entre agilidad operativa y garantías regulatorias
Por otro lado, el regulador ha anunciado la puesta en marcha de un plan de trabajo conjunto con operadores y empresas del sector a fin de evaluar el impacto de las medidas y estudiar adaptaciones estructurales en los mecanismos de control de tensión y de servicios de balance.
Asimismo, la CNMC se reserva la posibilidad de suspender anticipadamente las modificaciones si se considera que dejan de ser necesarias o interfieren en el funcionamiento normal del mercado eléctrico. El organismo busca, con esta resolución, un equilibrio entre la agilidad operativa que requiere el operador del sistema y las garantías regulatorias necesarias para preservar la competencia y la estabilidad del suministro.
















