El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), aprobó este martes el Real Decreto 997/2025. La norma mejora la supervisión, el control y la transparencia, al tiempo que promueve el almacenamiento energético y la electrificación de la demanda.
La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha valorado positivamente la aprobación del Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se ratifican medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
La norma, que recupera varias disposiciones del Real Decreto-ley 7/2025, aumentará la resiliencia del sistema eléctrico y facilitará el aprovechamiento de las oportunidades de la transición ecológica mediante el fomento del almacenamiento de energía, la repotenciación de las instalaciones y la aceleración de la electrificación de la economía, entre otras cuestiones.
Una bocanada de oxígeno para el almacenamiento
Desde UNEF consideran que el decreto puede impulsar el almacenamiento energético al racionalizar la tramitación administrativa de la hibridación con plantas de generación de energía renovable ya existentes.
Entre las medidas que el sector venía reclamando, se encuentran la redefinición de potencia instalada, que evita tener que cambiar de órgano sustantivo e iniciar el proceso de nuevo, o el reconocimiento de los estudios de impacto ambiental ya realizados en la planta, sin necesidad de duplicar su tramitación.
“Este empuje al almacenamiento permitirá tener un sistema más robusto y unos precios de la electricidad más competitivos para los ciudadanos y las empresas, atrayendo inversiones e incrementando la capacidad del sector industrial español”, reflexiona José Donoso, director general de UNEF.
Otros aspectos clave del Real Decreto 997/2025
De igual modo, el RD establece medidas de supervisión e inspección sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico, reforzando así las funciones de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).
El Operador del Sistema –Red Eléctrica– también elaborará propuestas de modificación normativa sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, la velocidad de variación de tensiones, la programación de las restricciones técnicas y otros elementos. Adicionalmente, se encargará de la definición de dos procedimientos: uno para monitorizar incidentes y otro para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y la red de distribución.
El RD establece medidas de supervisión e inspección sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico.
Por otro lado, se incorporan distintos elementos de contenido técnico al ordenamiento jurídico, como la definición de repotenciación de la normativa europea y el diseño, en el plazo de nueve meses, de una Hoja de ruta nacional para dinamizar la repotenciación.
A su vez, la norma desarrolla el régimen de autorización de las plataformas de I+D+i para probar prototipos de máquinas de generación o almacenamiento, de tal forma que baste con obtener una autorización de explotación para desconectar un prototipo y conectar otro.
Por último, se unifica y aclara la regulación sobre las autorizaciones de puesta en servicio de instalaciones de generación y almacenamiento, y se organizan distintas situaciones, como, por ejemplo, cuando varias instalaciones comparten infraestructuras de evacuación y tienen que cumplir distintos hitos de tramitación.
















