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Las ayudas para autónomos se prorrogan hasta el 31 de mayo: novedades y modificaciones

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha alcanzado un principio de acuerdo con las principales asociaciones de autónomos (ATA, UPTA y UATAE) para extender hasta el 31 de mayo las prestaciones puestas en marcha para paliar el impacto que el COVID-19 está teniendo en este colectivo.

El acuerdo, tal y como detallan fuentes gubernamentales, “supone la extensión de las ayudas vigentes, con leves modificaciones“.

Desde el Ejecutivo recuerdan que “la prestación extraordinaria por suspensión de actividad está dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad como consecuencia de una resolución de las autoridades administrativas competentes para la contención de la pandemia de la COVID-19″.

“En este caso, – añade – la cuantía de la prestación es del 50 % de la base mínima de cotización, cantidad que se incrementa un 20 % si el trabajador autónomo es miembro de una familia numerosa”.

Novedades de la prórroga

El autónomo quedará exonerado de pagar las cuotas a la Seguridad Social, aunque ese periodo le contará como cotizado y, en su caso, será compatible con ingresos del trabajo por cuenta ajena hasta 1,25 veces el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Por su parte, la prestación compatible con la actividad flexibiliza el requisito de ingresos. Así, la podrán solicitar aquellos trabajadores cuya facturación en el primer semestre de 2021 caiga el 50 % (antes era el 75 %), frente al segundo semestre de 2019. “El importe de esta prestación es el que corresponda por su base de cotización”, matizan desde el Ministerio que lidera José Luis Escrivá.

No obstante, quienes no cumplan los requisitos para acceder a esta prestación ni al cese ordinario podrán solicitar una ayuda extraordinaria: “La cuantía de la prestación en ese caso es del 50 % de la base mínima de cotización e igualmente está exonerado de abonar las cuotas y computa como cotizado. El límite de ingresos en el primer semestre, para este caso, es 1,2 veces el SMI”.

Por último, también se mantiene, adaptando el periodo de referencia, la prestación para autónomos de temporada, que es del 70 % de la base mínima y requiere no tener ingresos superiores a 6.650 euros en el primer semestre de 2021.

Contingencias profesionales y prórroga de los ERTE

Otra de las novedades acordadas es la suspensión de la subida progresiva de los tipos de contingencias profesionales y de cese (del 0,3 %), previsto en el Real Decreto-ley 28/2018, durante ese periodo.

Cabe mencionar que el Gobierno también ha acordado con los agentes sociales la prórroga de los ERTE, del 1 de febrero al 31 de mayo, una medida que todo apunta que se aprobará este martes en el Consejo de Ministros.

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