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El IDAE publica un listado de proveedores de servicios energéticos

El IDAE ha puesto a disposición pública en su web un listado de Proveedores de Servicios Energéticos que será actualizado periódicamente, cumpliendo así el artículo 18.1 de la Directiva 2012/27/UE, en el que se señala que los Estados miembros fomentarán el mercado de los servicios energéticos. En esta lista se encuentran, entre otras compañías, fabricantes como ABB o Schneider Electric España, contructoras y empresas de servicios como Acciona, Comsa, Ferrovial Servicios o Moncobra, y eléctricas como Endesa, Gas Natural Servicios y Viesgo.

Un proveedor de servicios energéticos es toda persona física o jurídica que presta servicios energéticos o aplica otras medidas de mejora de la eficiencia energética en la instalación o los locales de un cliente final, de acuerdo con la normativa vigente.

En España, esta actividad está regulada por el Real Decreto 56/2016, del 12 de febrero, por el que se traspone la citada Directiva, relativa a la eficiencia energética, en lo referente a las auditorías energéticas, acreditación de proveedores de servicios y auditores energéticos, y promoción de la eficiencia del suministro de energía.

Este listado contiene la información necesaria que permita identificar a los proveedores de servicios energéticos con el fin de poner a disposición del público una lista de proveedores cualificados, facilitar a la Administración competente la realización de la inspección y otra información que se considere necesaria a efectos estadísticos y de clasificación sectorial o alcance de los servicios energéticos de las empresas.

La base de datos contiene información de contacto y el ámbito geográfico de actividad de aquellos proveedores que han solicitado adecuadamente su inclusión. Permite tanto la consulta de los proveedores que en ella figuran como la obtención de documentos justificativos de pertenecer a dicho listado, para aquellas empresas que se hayan inscrito y que lo necesiten.

Para inscribirse en el Listado de Proveedores de Servicios Energéticos debe dirigirse previamente al órgano competente habilitado en su Comunidad o Ciudad Autónoma, y presentar la declaración responsable (según modelo del Anexo II del Real Decreto 56/2016) y la documentación que le soliciten.

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