La norma contempla la figura del agregador de la demanda para permitir a los consumidores participar activamente en el sistema. Otra de las medidas destacadas es la prohibición de las llamadas SPAM de las comercializadoras.
El Consejo de Ministros, a petición del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha dado luz verde al Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica.
La norma pretende reforzar la protección de los consumidores, democratizar la energía, mejorar la resiliencia del sistema y acelerar la transición energética. Entre las principales medidas, se encuentran:
- Prohibición de las llamadas SPAM por parte de las comercializadoras, salvo petición expresa del consumidor. De igual modo, se pone fin a la “contratación en caliente”, ya que, antes de firmar, la comercializadora deberá enviar las condiciones de forma clara y sencilla.
- Acotación de las penalizaciones y permanencias. Eliminación de las barreras al cambio de contrato.
- Limitación de los plazos de refacturación.
- Refuerzo de las vías de reclamación. Derecho a recibir por escrito lo exigido por teléfono y obligación de ofrecer canales digitales de reclamación.
- Refuerzo de la protección de los consumidores vulnerables. Eliminación de toda penalización o permanencia para el cambio al bono social.
- Creación de un data hub, gestionado por el operador del sistema, que concentrará toda la información de consumo y generación. También permitirá al consumidor acceder a sus datos y cederlos a terceros para optimizar su factura o participar en nuevos servicios.
- Despliegue de la figura del agregador de la demanda. Permitirá a los consumidores participar activamente en el sistema eléctrico.
“Avanzamos hacia un sistema energético más resiliente, democrático y sostenible. Y, en especial, progresamos hacia un sistema al servicio de las personas, fortaleciendo la protección de todos los consumidores y los más vulnerables”, expone Sara Aagesen, vicepresidenta tercera del Gobierno y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO).
Agregación de energía eléctrica
Uno de los puntos destacados del Real Decreto, tal y como se ha mencionado, corresponde a la figura del agregador independiente.
Los agregadores combinarán múltiples consumos o electricidad generada por consumidores, productores o instalaciones de almacenamiento para su venta o compra en los mercados de electricidad, sobre todo en los de balance, prestando servicios de respuesta de demanda.
En este sentido, los consumidores podrán contratar libremente los servicios de un agregador para que gestione su demanda eléctrica y, a cambio, obtener un ahorro en su factura o cualquier otra contraprestación, con independencia de que mantengan un contrato con un comercializador para su abastecimiento.
Red Eléctrica, en tanto que Operador del Sistema (OS), dispondrá de dos meses para diseñar un Procedimiento de Operación relativo al modelo de agregación. Por su parte, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tendrá tres meses para adaptar los ficheros de intercambio de información entre los distintos sujetos del sector eléctrico, que permitirán participar a los agregadores en los distintos mercados de la electricidad.
Una vez que el MITECO publique una orden ministerial con el modelo de agregación, se aplicará un modelo centralizado, con corrección de programa y con compensación. El OS se encargará de la corrección del programa de generación que provoque la actividad de los agregadores y, junto con OMIE, ejercerá de contraparte de compensación para las liquidaciones entre comercializadores y agregadores.















