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Hacienda controlará los pagos por Bizum a partir de 2026
Las entidades financieras informarán de forma mensual a la Agencia Tributaria.

Hacienda controlará los pagos por Bizum a partir de 2026

Por Lola SánchezResponsable de Contenidos del Área de Material Eléctrico
La Agencia Tributaria recibirá información de los cobros por Bizum vinculados a actividades económicas, sin importe mínimo. La medida incumbe a empresas y autónomos, pero no a los pagos entre particulares.

Hacienda aumentará el control de los pagos por Bizum a partir del próximo año. Esta modificación, aprobada en abril de 2025, afecta a empresarios y profesionales establecidos en España, quedando excluidos los cobros entre particulares.

Tal y como explican desde GS Asesoría, las entidades financieras (bancos y plataformas de pago) tendrán que reportar mensualmente a la Agencia Tributaria desde el 1 de enero de 2026 de todos los cobros realizados mediante Bizum o tarjeta por empresas y autónomos.

“El objetivo es cruzar los datos con las declaraciones fiscales (IRPF, IVA y Sociedades). En este sentido, desaparece el límite de importe, por lo que se informará de los cobros con independencia de la cuantía”, matizan.

¿Qué información debe suministrarse?

Las entidades financieras deberán comunicar la siguiente información:

  • La identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de Bizum o sistemas equivalentes.
  • Número de comercio con el que operan.
  • Terminales de venta.
  • Importe mensual facturado con Bizum.
  • Identificación de las cuentas bancarias o de pago con las que se efectúen los cobros por parte de los empresarios y profesionales.

Cabe recordar nuevamente que los pagos entre particulares sin actividad económica no están sujetos a cambios.

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