Aunque el uso obligatorio del marcado UKCA debía comenzar el 1 de enero de 2025, el Ejecutivo británico aprobó este 1 de agosto la prórroga indefinida del marcado CE para la comercialización de la mayoría de productos en Gran Bretaña. Esta medida se aplica a 18 sectores, entre los que se hallan equipos eléctricos de baja tensión y aparatos para atmósferas explosivas, entre otros.
El uso obligatorio del marcado UKCA debía entrar en vigor el 1 de enero de 2025. No obstante, el Gobierno británico aprobó el pasado 1 de agosto la prórroga indefinida del reconocimiento del marcado CE para la comercialización de la mayoría de los productos en Gran Bretaña, informan desde la patronal de fabricantes AFME.
Esta medida se aplica a los 18 sectores que dependen del Ministerio de Empresa y Comercio, entre los que se encuentran equipos eléctricos de baja tensión, instrumentos de medida, compatibilidad electromagnética y aparatos para atmósferas explosivas.
La Asociación detalla que existen reglas diferentes para otros productos, entre los que se hallan los relacionados con el consumo energético. La lista de productos relacionados con el consumo energético está en el apartado “What is covered”, que se puede consultar en el siguiente enlace UK Regulation on Ecodesign of Energy-Consuming Products. Esta relación de productos incluye, por ejemplo, los equipos de iluminación, aparatos de aire acondicionado y calefacción.
Hasta que el ministerio competente no comunique cualquier dictamen al respecto, “podría ser que los productos de iluminación no se vean afectados por esta prórroga indefinida y sí tengan que ir marcados obligatoriamente con el UKCA a partir de 2025”, resaltan desde AFME.
Convivencia del marcado CE y la marca UKCA
En síntesis, el marcado CE podrá convivir con el marcado UKCA (UK Conformity Assessed) en el mercado británico de forma indefinida para la mayoría de productos. Los exportadores de la Unión Europea no necesitan certificar sus productos para cumplir con el marcado UKCA, ni preparar documentación alguna relativa a este marcado, precisan en la Asociación.
De este modo, será suficiente con que cumplan los requisitos del marcado CE, y seguir manteniendo esta marca en su producto. La guía “Guidance Regulations: ecodesign of energy-consuming products” (accesible en el enlace anterior) recoge los requisitos para el uso del marcado UKCA y los plazos en los que todavía se puede utilizar el marcado CE para los productos que estén obligados a usar el marcado UKCA.
Ventajas del marcado UKCA
En cualquier caso, ponen de relieve desde AFME, la marca UKCA está vigente en el Reino Unido y su uso puede implicar ventajas comerciales y dar una mayor confianza a los clientes británicos. En este sentido, y debido a los frecuentes vaivenes en esta normativa, “puede ser aconsejable para las empresas que tengan un buen nivel de ventas en este mercado implementar el marcado UKCA, independientemente de que sea o no obligatorio”, añaden.
Asimismo, AFME recuerda que existen obligaciones en este ámbito que no han cambiado y siguen vigentes. Todos los productos certificados (CE, UKCA o ambos) tienen que incluir los datos de contacto (nombre y dirección) de un operador económico (importador o representante autorizado) ubicado en el país.
Hay que añadir que la marca UKCA (UK Conformity Assessed) ha sido el sustituto del marcado CE en el Reino Unido tras la entrada en vigor del Brexit.
Para cualquier profesional interesado en tener más información sobre representantes autorizados, hay que contactar en la dirección de e-mail export@afme.es.