Se busca regularizar las figuras jurídicas de las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía. Estas comunidades energéticas contarán con cupos específicos en las subastas del REER y reserva de capacidad en los nudos de la red eléctrica objeto de concurso
Con fecha de 21 de abril de 2023, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) ha lanzado a información pública el texto de un Real Decreto para regular las dos figuras jurídicas comprendidas dentro del ámbito de las comunidades energéticas: las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía. El texto estará disponible hasta el 18 de mayo.
Además, todas ellas dispondrán de un cupo específico en las subastas de Régimen Económico de Energías Renovables (REER) y con reserva de capacidad en los nudos de la red eléctrica objeto de concurso para garantizar la evacuación en su producción.
Las comunidades energéticas permiten que los ciudadanos “produzcan, consuman, almacenen, compartan y vendan energía renovable colectivamente”, como apunta el MITECO. Su finalidad principal es “proporcionar beneficios ambientales económicos y sociales a sus miembros y al entorno en el que desarrolla su actividad”, añaden.
Según datos de este Ministerio, el autoconsumo de comunidades energéticas se ha multiplicado por 20 desde el año 2018 y ya supera los 5 GW. Como apuntamos en este medio, a principios de año el número de comunidades energéticas distribuidas en España se situaba en 43 y se han otorgado ayudas específicas por 40 millones de euros para un total de 73 comunidades formadas 95.000 socios, sobre un total de 100 millones de euros del programa CE-IMPLEMENTA, dentro del Proyecto PERTE ERHA.
Se han otorgado el 40% de las ayudas de 100 millones de euros
Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía pueden participar en todos los mercados organizados de producción de energía eléctrica. Deben estar formadas por un mínimo de cinco socios o miembros, sin que ninguno supere el 51% de los votos, que han de ser personas físicas, administraciones locales o empresas de pequeño tamaño.
Los socios o miembros en las comunidades de energías renovables deben estar situados en las proximidades de las instalaciones de renovables, a una distancia que varía según el tamaño de las localidades.
En el caso de los municipios pequeños o en riesgo de despoblación, se amplía el radio de actuación para conseguir un número de miembros adecuado para la constitución de la comunidad, siguiendo los objetivos en materia de Reto Demográfico.
Acceso, conexión y aportaciones
La propuesta legislativa del MITECO también contempla que las comunidades energéticas puedan acceder al REER, -Régimen Económico de Energías Renovables- y a las subastas periódicas en las que se otorga esta retribución regulada. Las subastas tendrán en cuenta las particularidades de las comunidades para que puedan competir con otros participantes e incluirán cupos de potencia específicos para ellas.
Como asegura el Ministerio, se liberará también un 5% de la capacidad en los nudos de la red eléctrica reservados para celebrar concursos de acceso y conexión, la cual se podrá otorgar por orden de prelación a las nuevas instalaciones de generación que formen parte de una comunidad energética, para asegurar la adecuada evacuación de su producción.
Las aportaciones al proyecto de Real Decreto pueden enviarse hasta el próximo 17 de mayo inclusive, a la dirección electrónica: bzn-sgernormativa@miteco.es, indicando en el asunto del correo “Alegaciones real decreto comunidades energéticas”.