Inicio / Sector eléctrico / Ingenieros y arquitectos dejarán de emitir en exclusiva certificados energéticos
El certificado de eficiencia energética es un documento que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.
El certificado energético es un documento que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble.

Ingenieros y arquitectos dejarán de emitir en exclusiva certificados energéticos

Tal y como explica la CNMC, hasta ahora solo los arquitectos o ingenieros podían expedir los certificados de eficiencia energética. No obstante, la comisión ha analizado un proyecto de real decreto que rompe con esa reserva de actividad, aunque mantiene otras en ciertos casos.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha analizado el proyecto de real decreto por el que se modifica la normativa que regula el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Según explican, el certificado energético es un documento que incluye información objetiva sobre las características energéticas de un inmueble. Cualquier propietario que quiera vender o alquilar una vivienda, oficina o local necesita, salvo excepciones, disponer de uno.

A este respecto, la normativa vigente establece una reserva de actividad, de forma que solo los ingenieros, ingenieros técnicos, arquitectos y arquitectos técnicos tienen capacidad para emitir este tipo de certificados.

Certificados energéticos: ampliación a otras profesiones

Desde la comisión, exponen que dicha propuesta de normativa revisa los requisitos que deben exigirse a los técnicos competentes para certificar la eficiencia energética de los edificios y crea un Registro Administrativo Centralizado de Técnicos Competentes en dicha materia. El proyecto distingue entre dos tipos de certificados energéticos:

  • De obra terminada. Podrán firmarlos profesionales de las ramas de arquitectura e ingeniería y, como novedad, los de otras titulaciones con una formación complementaria.
  • De proyecto. Mantiene la reserva para los profesionales de las ramas de arquitectura e ingeniería.

“Es positivo que, en el proyecto de real decreto, desaparezca la reserva de actividad citada y se vincule a la capacitación técnica de los profesionales, tal y como la CNMC ha señalado en anteriores informes”, declaran. No obstante, también realizan una serie de comentarios:

  • Suprimir o justificar debidamente la reserva de actividad para las certificaciones energéticas de proyecto. Se recomienda la debida justificación de esta restricción o su supresión.
  • Acreditación del contenido de módulos de formación. La CNMC considera positivo que se convaliden ciertos cursos en el caso de que el contenido haya sido superado en otras formaciones con anterioridad. Sin embargo, se sugiere no restringir la obtención de estas titulaciones en determinados centros o universidades, sino que tengan en cuenta los créditos cursados en cualquier titulación y/o universidad.
  • Formación continua de los técnicos competentes ya registrados. Es necesario justificar la necesidad y proporcionalidad de esta exigencia sobre la base de razones imperiosas de interés general debidamente acreditadas. A falta de justificación, se propone su eliminación.

Esta noticia tendrá continuidad mañana con la postura del Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE).

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio