El 12 de septiembre se publicaba la Orden que modifica el Documento Básico DB-HE “Ahorro de Energía” del Código Técnico de la Edificación, que permite así transponer parcialmente la Directiva Europea 2010/31/UE, sobre eficiencia energética en edificios.
El pasado 12 de septiembre se publicó en el BOE la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre,
por la que se actualiza el Documento Básico
DB-HE “Ahorro de Energía” del Código Técnico de la Edificación (CTE), que estaba vigente desde su aprobación, en 2006, mediante el
Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo.
Esta actualización responde, por un lado, a la actualización
periódica del CTE, conforme a la evolución de la tecnología y a la demanda de
la sociedad, y viene obligada por la propia Ley de Ordenación de la
Edificación. Además, así se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico
español la Directiva 2010/31/UE del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, relativa a la eficiencia energética de los edificios,
que obliga a establecer y revisar periódicamente los requisitos mínimos de
eficiencia energética de los edificios, tales como los que establece el CTE.
Del mismo modo, la actualización permite transponer también la Directiva 2009/28/CE del Parlamento
Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009, en lo relativo a la exigencia de niveles mínimos de energía procedente de
fuentes renovables en los edificios, establecida en su artículo 13.
La Directiva requiere, además, que estos requisitos mínimos
de los edificios o sus partes permitan alcanzar unos niveles óptimos de
rentabilidad, según una metodología común europea, y también que, antes del 31
de diciembre de 2020, todos los nuevos edificios tengan obligatoriamente un consumo de energía casi nulo, objetivo
que se anticipa dos años, al 2018, para los edificios nuevos que estén ocupados
y sean propiedad de autoridades públicas.
De este modo, la actualización del Documento Básico de
Ahorro de energía, DB-HE, partiendo de las exigencias establecidas en 2006,
constituye la primera etapa de aproximación hacia ese ambicioso objetivo de
conseguir ‘edificios de consumo de
energía casi nulo’ antes de las fechas mencionadas.
Desde Fomento señalan que “no hay que olvidar que la
edificación supone, tanto en España como en Europa, un importante consumidor de
energía, por lo que una limitación de su consumo y una mayor utilización de
energía procedente de fuentes renovables, junto con el ahorro energético y una
mayor eficiencia energética, constituyen parte importante de las medidas
necesarias para cumplir los objetivos nacionales y los compromisos
internacionales”, sobre todo el paquete de medidas de la Unión Europea sobre
energía y cambio climático que configuran el denominado objetivo 20-20-20.