Aprobada la Ley de medidas urgentes para impulsar la rehabilitación de edificios residenciales

El texto incluye deducciones en el IRPF por mejoras en la eficiencia energética de viviendas y edificios, crea una línea de avales ICO para la financiación de estas actuaciones y reduce las exigencias para poder adoptar acuerdos ligados a este ámbito en el seno de las comunidades de vecinos.
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El proyecto de Ley de medidas urgentes para impulsar la rehabilitación de edificios residenciales ha sido aprobado definitivamente, una vez que el Senado lo refrendara con una amplia mayoría de votos a favor la semana pasada. De esta forma finaliza la tramitación parlamentaria que da luz verde al conjunto de medidas aprobadas por el Gobierno a través del real decreto-ley 19/2021. La nueva Ley introduce novedades relevantes en tres grandes apartados.

Deducciones fiscales

En el apartado de la fiscalidad, destacan tres deducciones en el IRPF por obras de mejora de la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales. Para este capítulo, se han habilitado 450 millones de euros que se financiarán a través del Plan de Recuperación. Las deducciones que recoge el texto son las siguientes:

  • Deducción del 20 % por actuaciones que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizará el 31 de diciembre de 2022, y siempre y cuando se trate de la vivienda habitual del contribuyente o que esté destinada al alquiler como vivienda habitual. Esta deducción está dirigida a personas físicas. La reducción de la demanda deberá acreditarse mediante el certificado energético de la vivienda. La cuantía máxima de deducción por vivienda es de 5.000 euros.
  • Deducción del 40 % por actuaciones que reduzcan un 30 % el consumo de energía primaria no renovable o mejoren la calificación energética alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizará el 31 de diciembre de 2022. La medida está dirigida a personas físicas y la deducción máxima por vivienda asciende a 7.500 euros.
  • Deducción del 60 % por actuaciones que reduzcan un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras ‘A’ o ‘B’ en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finalizará el 31 de diciembre de 2023, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse a esta deducción personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado estas actuaciones y la cuantía máxima a deducir es de 15.000 euros por vivienda.

Además, el texto incluye una importante mejora en materia de fiscalidad, ya que las ayudas para la rehabilitación no se incluirán en la base imponible del IRPF, por lo que no tendrán ningún tipo de impacto para el receptor de estas ayudas públicas.

Creación de una línea de avales ICO

En el capítulo de financiación, la Ley aprueba una línea de avales de hasta 1.100 millones de euros para financiar obras de rehabilitación que contribuyan a mejorar la eficiencia energética.

De esta forma, se busca cubrir parcialmente los riesgos de los préstamos concedidos por entidades financieras privadas destinados a la rehabilitación energética de edificios residenciales, al mismo tiempo que se refuerza el apoyo a los propietarios y comunidades de vecinos.

Modificación de la Ley de Propiedad Horizontal

Por último, el texto modifica la Ley 49/1960, sobre propiedad horizontal, para facilitar la toma de decisiones en las comunidades de propietarios. En concreto, los acuerdos relacionados con obras de rehabilitación que contribuyan a la mejora de la eficiencia del edificio se podrán aprobar por mayoría simple, así como la solicitud de ayudas y financiación para tal fin.

“Todo esto permitirá, además de mejorar la calidad de vida y el confort de las viviendas y asegurar la máxima calidad de los edificios, fortalecer un sector clave de la economía española en términos de actividad y empleo, con un enorme potencial de crecimiento en los próximos años”, aseguran fuentes gubernamentales.

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