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Sede central de Endesa en Madrid.
Sede central de Endesa en Madrid.

Ultimátum de Competencia a Endesa por el retraso en la facturación

Por Pablo García
La CNMC ha dado diez días hábiles a EDistribución, la distribuidora eléctrica de Endesa, para que remita a las comercializadoras afectadas por los retrasos una oferta de fraccionamiento o aplazamiento de los pagos. Además, obliga a la distribuidora a poner en marcha una línea de comunicación específica para las comercializadoras afectadas.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha dado 10 días hábiles (a contar desde el pasado lunes) a EDistribución Redes Digitales, la distribuidora de electricidad de Endesa, para que envíe mediante burofax a todas las comercializadoras afectadas por los retrasos en la facturación (que no pueden emitir las facturas a sus clientes) un acuerdo de fraccionamiento o aplazamiento de pago.

En dicha oferta deberá constar el importe económico correspondiente a las facturas retrasadas desde el 1 de junio de 2021 que puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento y el plazo propuesto para ello, que no podrá ser inferior al tiempo medio de retraso calculado para cada comercializadora. Además, EDistribución deberá proporcionar una flexibilidad mayor a la hora de fraccionar las cuantías, facilitando planes de pago del triple del retraso medio acumulado.

Adicionalmente, y siempre que la comercializadora afectada esté de acuerdo, podrá fijarse un importe y plazo mínimos a considerar en las facturas atrasadas, de tal forma que se evite el aplazamiento de pagos muy reducidos.

Así se desprende del requerimiento de la CNMC que fue publicado el pasado lunes en el Boletín Oficial del Estado. Se trata de una decisión jurídicamente vinculante, es decir, que obliga a EDistribución a cumplir con lo que establece el requerimiento, aunque la distribuidora de Endesa puede interponer un recurso ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Pero hay más.

Otros requerimientos

Competencia da un plazo de 20 días hábiles a contar desde la publicación del requerimiento en el BOE para que EDistribución remita un informe detallado a la CNMC sobre la realización de la oferta de aplazamiento o fraccionamiento, así como para remitir a la Comisión el contenido de los acuerdos que haya firmado con las comercializadoras. Este informe deberá remitirse cada dos meses hasta que finalice el último aplazamiento de pago.

La resolución también obliga a EDistribución a crear una dirección de correo electrónico específica para facilitar la comunicación entre las comercializadoras y el propio distribuidor. Además, si transcurren 30 días desde la recepción del burofax sin respuesta por parte del comercializador, se entenderá la oferta como rechazada.

Cabe recordar que la Dirección General de Energía de la Generalitat de Cataluña abrió a principios de febrero un expediente sancionador de 600.000 euros a EDistribución por no haber puesto a disposición de las comercializadoras las lecturas necesarias para que estas puedan facturar los consumos a los usuarios. Esta situación afectó inicialmente a más de dos millones de consumidores, 40.000 usuarios todavía continuaban con retrasos en noviembre.

¿Consideras que la posición de dominio de las grandes eléctricas sigue perjudicando a las comercializadoras independientes?

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