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La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. (Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa).
La ministra de Política Territorial y portavoz del Gobierno, Isabel Rodríguez, y el ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, durante la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros. (Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa).

El Gobierno aprueba ayudas de 4.420 millones de euros para rehabilitación residencial

Por Javier Espada
El texto establece cinco programas destinados a financiar las actuaciones de rehabilitación, así como el desarrollo de distintos instrumentos de apoyo. Entre ellos, el destinado al fomento de la eficiencia energética de las viviendas, que incluye un apartado sobre la reducción de energía primaria no renovable de al menos un 30 %.

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y que están dotados con 4.420 millones de euros. Lo hacía este martes, 5 de octubre, y a petición de la ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez.

El nuevo Real Decreto establece cinco programas destinados a financiar las actuaciones de rehabilitación, así como el desarrollo de distintos instrumentos de apoyo. Entre ellos, el destinado al fomento de la eficiencia energética de las viviendas, que incluye un apartado sobre la reducción de energía primaria no renovable de al menos un 30 %. 

Rehabilitación residencial: Cinco programas

1. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio

Tiene como objeto financiar obras de rehabilitación en edificios y viviendas dentro de Entornos Residenciales de Rehabilitación Programada (ERRP), siempre que se obtenga una reducción de, al menos, un 30 % del consumo de energía primaria no renovable en tales edificios.

Asimismo, podrá destinarse una parte de la ayuda a financiar actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico, así como a la prestación de servicios de oficina de rehabilitación, tipo “ventanilla única”, que facilite la gestión y el desarrollo de las actuaciones programadas.

La intensidad máxima de la subvención se condiciona al ahorro energético final de la actuación (desde el 40 % hasta el 80 %). La cuantía máxima dela ayuda podrá alcanzar los 21.400 euros por vivienda.

“En caso de que los propietarios o usufructuarios cumplan el criterio de vulnerabilidad económica o social, se financiará hasta el 100 % del coste de la actuación con cargo a los fondos europeos”, matizan fuentes del Ejecutivo.

2. Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación

Su objetivo es financiar el servicio de oficinas de rehabilitación, tipo ‘ventanilla única’, ofreciendo servicios integrales de información, gestión y acompañamiento de la rehabilitación, por parte de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales, más allá de las establecidas en el marco delas actuaciones a nivel de barrio.

3. Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

Tiene como objeto subvencionar obras de rehabilitación en las que se obtenga una mejora acreditada de la eficiencia energética, con especial atención a la envolvente edificatoria, en edificios de tipología residencial colectiva y en viviendas unifamiliares, debiendo tratarse en todo caso deactuaciones en las que se obtenga una reducción de consumo de energía primaria no renovable del edificio igual o superior al 30 %.

La intensidad máxima de las ayudas se condiciona al ahorro energético final de la actuación (desde el 40% hasta el 80%). La cuantía máxima de la subvención podrá alcanzar los 18.800 euros por vivienda.

Si bien, en caso de que se cumpla el criterio social en propietarios o usufructuarios (identificación de situaciones de vulnerabilidad), podrá llegar al 100 % del coste de la actuación. Se aplicará a través de convocatorias públicas delas diferentes Comunidades Autónomas.

4. Programa de fomento de la mejora de la eficiencia energética de viviendas

Tiene como objeto financiar actuaciones u obras de mejora de la eficiencia energética de las viviendas, constituidas como domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios, siendo subvencionables las siguientes actuaciones:

– Actuaciones de reducción de la demanda energética (calefacción y refrigeración) de al menos un 7 %. 
– Actuaciones de reducción del consumo de energía primaria no renovable de al menos un 30 %. 
– Actuaciones de modificación o sustitución de elementos constructivos en la fachada de adecuación al Código Técnico de la Edificación (CTE). 

El importe de la subvención será del 40 % del coste de la actuación con un límite de 3.000 euros por vivienda. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las diferentes Comunidades Autónomas. El coste mínimo de cada actuación ha de ser igual o superior a 1.000 euros por vivienda.

5. Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación

Su objetivo es subvencionar la implantación y generalización del Libro del Edificio existente, así como el desarrollo de proyectos técnicos derehabilitación integral en edificios finalizados antes del año 2000 y cuyo uso predominantemente sea vivienda, siendo subvencionable la elaboración del Libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción del proyecto de rehabilitación de edificios que cumplan los requisitos establecidos en el Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.

Las cuantías de las ayudas dependerán del número de viviendas del edificio, y podrán alcanzar hasta 3.500 euros por libro del edificio existente y hasta 30.000 euros por proyecto de rehabilitación. Se aplicará a través de convocatorias públicas de las diferentes Comunidades Autónomas.

El plan de rehabilitación de edificios, barrios y viviendas tiene como objetivo global a alcanzar en el segundo trimestre de 2026 la cifra acumulada de 510.000 actuaciones de renovación en vivienda y ayudar a multiplicar por diez el ritmo de rehabilitaciones en España.

¿Crees que estos objetivos de rehabilitación de vivienda son razonables y asumibles?

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Un sexto programa…

El texto recién aprobado también fija u sexto programa dedicado al impulso de la construcción de vivienda de alquiler social.

Se llama ‘Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes’ y financiará el incremento, durante un periodo mínimo de 50 años, del parque público de viviendas energéticamente eficientes destinadas al alquiler social o a precio asequible, mediante la promoción de viviendas de nueva construcción sobre terrenos de titularidad pública o rehabilitación deedificios públicos destinados a otros usos.

Las actuaciones deberán garantizar un consumo de energía primaria no renovable, como mínimo, inferior en un 20 % a los requisitos exigidos en el CTE.

Hay que mencionar que, una vez aprobado el Real Decreto, Mitma procederá a transferir este mismo año a las Comunidades Autónomas y Ciudades de Ceuta y Melilla un total de 1.151 millones de euros, según el criterio de reparto acordado en la Conferencia Sectorial de Vivienda, Urbanismo y Suelo del pasado 21 de julio, para que puedan aplicar los diferentes programas de rehabilitación residencial, y realizar las convocatorias de ayudas en sus respectivos ámbitos territoriales, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto.

Asimismo, a comienzo de 2022 se transferirán los fondos correspondientes al programa de construcción de vivienda social, según el criterio dereparto acordado en la misma Conferencia Sectorial, y según la dotación establecida en los Presupuestos Generales del Estado.

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