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Fondos europeos para rehabilitación: principales novedades del Real Decreto que los regula

El borrador se articula en torno a seis programas que regulan las actuaciones y cuantías financiables a nivel de barrio, oficinas de rehabilitación, edificios y viviendas, entre otros ámbitos. ANERR ha elaborado un resumen de lo fundamental de la nueva normativa.

ANERR, la Asociación Nacional de Empresas de Rehabilitación y Reforma, ha realizado un resumen de las principales novedades del borrador de Real Decreto que regulará los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

“Como novedades -señalan fuentes de la asociación-, sobresalen la posibilidad de pedir ayudas para pisos, para el libro del edificio y para las oficinas de gestión de la rehabilitación, como la oficina SiRE (Servicio de Información de Rehabilitación Eficiente) de ANERR”.

Seis líneas de actuación

Las ayudas que regula el borrador de Real Decreto comenzarán a llegar este mismo 2021 y se extenderán hasta el próximo 2026. Para cumplir los objetivos de eficiencia y ahorro energético mediante la rehabilitación de viviendas y edificios, el componente 2 del Plan de Recuperación establece un conjunto de reformas e inversiones que se articular en torno a seis programas específicos:

  • Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio.
  • Programa de apoyo a las oficinas de rehabilitación.
  • Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.
  • Programa de ayuda a las actuaciones de mejora de la eficiencia energética en viviendas.
  • Programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación.
  • Programa de ayuda a la construcción de viviendas en alquiler social en edificios energéticamente eficientes (nueva construcción o rehabilitación de edificios no destinados actualmente a vivienda sobre terrenos de titularidad pública).

¿Crees que las ayudas reguladas por estos programas supondrán un impulso para los agentes del sector eléctrico?

Encuesta finalizada

Detalles de cada programa

1. Barrio

Las actuaciones subvencionables con cargo a este programa son:

  • Mejora o rehabilitación de edificios residenciales siempre que se obtenga una reducción al menos del 30% del consumo de energía primaria no renovable, o bien que permitan mejorar la calificación energética del edificio hasta la calificación ‘A’ o ‘B’.
  • En edificios situados en las zonas climáticas C, D y E debe, asimismo, conseguirse una reducción de la demanda energética anual global de calefacción y refrigeración de la vivienda unifamiliar o del edificio, según corresponda, de al menos:
    • Zonas climáticas D y E: un 35 %.
    • Zona climática C: un 25 %.

Por su parte, los edificios protegidos no tienen que cumplir los requisitos de reducción establecidos en el punto anterior. Sin embargo, aquellos elementos de la envolvente sobre los que se pueda intervenir deben cumplir con los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire establecidos en la tabla 3.1.1.a – HE1 y 3.1.3.a – HE1, del Documento Básico DB HE de Ahorro de energía del Código Técnico de la Edificación.

ayudas rehabilitación anerr

Para las actuaciones de urbanización, reurbanización o mejora del entorno físico podrá destinarse hasta un 15 % adicional sobre las cuantías máximas de la ayuda por vivienda especificadas en la tabla anterior.

2. Oficinas gestoras

Estas se destinan a gestionar los programas de ayuda 3, 4 y 5 anteriormente mencionados.

La cuantía de las ayudas será de hasta 800 euros por vivienda efectivamente rehabilitada, con el límite del 100 % de los costes debidamente acreditados correspondientes a la implantación de las oficinas de rehabilitación, siempre que se justifiquen los gastos.

3. Edificio: unifamiliares o comunidades

De nuevo, los requisitos mínimos son los mencionados en el programa 1, barrio, (-30 % consumo de energía y reducir la demanda en las zonas climáticas C [-25 %] y D y E [-35 %]). También es aplicable lo expuesto en el primer apartado sobre los edificios protegidos.

Asimismo, hay 26 meses para ejecutar la obra que, en caso de tener más de 40 viviendas, podrían ampliarse a los 28 meses.

anerr ayudas rehabilitación ok

Fuente: ANERR.

4. Vivienda: unifamiliares o pisos

En este caso, los requisitos mínimos son estos:

  • Reducción mínima del 30 % de consumo de energía primaria no renovable.
  • O reducción de la demanda de energía anual global de calefacción y refrigeración del 7 % como mínimo.

También es subvencionable la modificación o sustitución de elementos constructivos de la envolvente térmica para adecuar sus características a los valores límite de transmitancia térmica y de permeabilidad al aire (tablas 3.1.1.a – HE1 y 3.1.3.a – HE1, del HE1 del CTE-DB HE).

5. Libro del edificio y proyectos

En ambos casos, las exigencias mínimas para acceder a estas ayudas son:

  • Estar finalizados antes del año 2000.
  • Tener un uso residencial, como mínimo, de un 70 %.

Asimismo, si no tiene ITE o IEE, la ayuda podrá incrementarse hasta en un 50 %.

Para el libro del edificio existente, las ayudas pueden ser de 500 euros para edificios unifamiliares o plurifamiliares con menos de 6 viviendas. Para los plurifamiliares con más de 6 viviendas, esta cuantía se podría ir a los 100 euros por vivienda hasta un máximo de 2.000 euros.

Si se trata de proyecto, esto incluye un estudio de gestión de residuos y también debe incluir un estudio de potencial de mejora.

Para proyectos unifamilares o plurifamiliares con menos de 6 viviendas, las ayudas son de 4.500 euros, mientras que para los plurifamiliares con más de 6 viviendas, estas serán de 900 euros por vivienda hasta un máximo 18.000 euros.

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