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Naturgy, Cepsa y Repsol, multadas por ocultar los impuestos indirectos en sus ofertas

Por Pablo García
El área de Consumo del Gobierno de las Islas Baleares ha sancionado con 24.000 euros, la cantidad máxima establecida por la legislación autonómica, a cada una de las comercializadoras por no incluir en el precio final de sus ofertas los citados tributos.

Tras una denuncia interpuesta por FACUA hace ahora un año, el área de Consumo del Gobierno de las Islas Baleares ha resuelto multar a Naturgy, Cepsa y Repsol por no incluir en sus ofertas eléctricas los impuestos indirectos, con lo que las tarifas comerciales aparentaban ser más económicas de lo que realmente eran, explica la asociación de consumidores.

Según el Gobierno balear, las tres comercializadoras han incurrido en una “infracción grave” de la legislación de defensa de los consumidores y usuarios y les impone la multa más elevada establecida en la normativa autonómica, 24.000 euros por compañía, tal y como se hace eco FACUA en su página web.

¿Son realmente efectivas este tipo de multas para disuadir a las comercializadoras de realizar estas malas prácticas?

Encuesta finalizada

¿Cuál es la infracción?

En enero de 2020, la asociación de consumidores interpuso una decena de denuncias contra otras tantas comercializadoras al constatar que en sus ofertas de suministro eléctrico no indicaban el precio final, pues no incluían los impuestos indirectos, que suponen un montante importante de la factura.

En el caso de la luz, estos tributos representan el 27,2 %, resultante de la suma del IVA general más el impuesto especial sobre la electricidad.

Al no incluir los impuestos indirectos en sus ofertas, estas compañías vulneraban la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que, en su artículo 20, señala que las comercializadoras deben informar “del precio final completo, incluidos los impuestos“, aspecto que se ve refrendado en otros artículos como el 60 y el 97.

Además, a través de estas prácticas, las entidades sancionadas también incumplían la Ley General de Publicidad y los artículos 7 y 18 de la Ley de Competencia Desleal, puesto que incurrían en publicidad engañosa.

Tras las denuncias de FACUA, las diez comercializadoras han corregido de forma paulatina su publicidad, “aunque todavía existen irregularidades“, matiza la asociación de consumidores.

Cabe destacar, por último, que la Administración de las Islas Baleares mantiene abiertos otros expedientes sancionadores que se encuentran en fase de estudio y que aún no han sido resueltos.

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