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Aprobado el Estatuto de los Consumidores Electrointensivos, que afecta a 600 empresas

Por Pablo García
Este marco normativo equipara a España con otros países de la Unión Europea y busca mejorar la competitividad de los grandes consumidores energéticos a través de una serie de ayudas. Para poder acceder a las mismas, las empresas deberán cumplir diversas exigencias en cuanto a eficiencia energética e I+D+i.

El Estatuto de los Consumidores Electrointensivos ya es una realidad. El Consejo de Ministros lo aprobó recientemente mediante Real Decreto con el objetivo de “mejorar la competitividad de la gran industria y favorecer la inversión industrial al contar las empresas, por primera vez, con un marco normativo de reconocimiento a estos consumidores”, afirmó Reyes Maroto, ministra de Industria.

España se suma así a los principales países de la Unión Europea, que ya habían puesto en marcha marcos normativos que reconocían las características especiales de los grandes consumidores, por lo que el nuevo Estatuto corrige esta “desventaja competitiva”, en palabras de Reyes Maroto.

La nueva normativa afecta a 612 empresas de más de 60 actividades industriales distintas y a unos 300.000 trabajadores. Además, explican desde el ministerio, junto con las Ayudas compensatorias por costes de emisiones indirectas de CO2 y el Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas, conforma el nuevo marco legal de la gran industria.

Objetivos del Estatuto

El principal objetivo de la nueva regulación es compensar los altos costes energéticos de empresas de diferentes sectores industriales como el acero, aluminio, papel, química, cerámica, textil o cemento.

Además, el Estatuto de Consumidores Electrointensivos pretende potenciar la competitividad de la industria, el crecimiento económico y la generación y el mantenimiento de empleo de calidad.

Definición de consumidor electrointensivo

La nueva normativa define al consumidor electrointensivo como aquella empresa cuyo consumo energético anual haya sido superior a 1 GWh durante dos de los tres años anteriores.

Además, el consumo en las horas correspondientes al periodo tarifario valle (el más barato) debe ser de, al menos, el 50 % de la energía total consumida.

Mecanismos de apoyo y requisitos

Las líneas de ayuda de esta regulación buscan reducir los costes energéticos de las citadas empresas. Entre ellas, figura un mecanismo de compensación de ciertos cargos repercutidos en los costes de la electricidad hasta un máximo del 85 % de los costes imputables en los cargos -repercutidos en los precios del suministro de electricidad- por la financiación de los costes de energías renovables, los costes de cogeneración de alta eficiencia y el extracoste correspondiente a los territorios no peninsulares (TNP).

La compensación de los TNP considerada es sólo la parte financiada con cargo al sistema eléctrico (50 % del total), el 50 % restante de la financiación va con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.

Además, el Estado, a través del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas (FERGEI), asumirá la cobertura de los riesgos derivados de la adquisición de energía eléctrica a medio y largo plazo de consumidores electrointensivos.

Este mecanismo fomenta la contratación a largo plazo de energía eléctrica por parte de estos consumidores, ya sea directamente o a través de un intermediario, producida, en particular, por instalaciones de generación renovables.

En el otro lado de la balanza, el Estatuto también impone obligaciones y compromisos a las empresas en los ámbitos de eficiencia energética, I+D+i y sustitución de fuentes contaminantes, que los consumidores electrointensivos habrán de asumir para optar a las citadas ayudas.

Por último, cabe reseñar que la normativa obliga a las empresas beneficiarias a mantener la actividad productiva durante un periodo de, al menos, tres años a partir de la fecha de concesión de las ayudas.

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