Comienza la cuenta atrás para sustituir algunos contadores de luz

La nueva Orden ICT 155/2020, que entró en vigor el pasado 24 de octubre, obliga a cambiar en un plazo de cinco años los equipos de medición que hayan alcanzando su periodo máximo de vida útil.
Por Pablo García
Un técnico revisa unos contadores (imagen cortesía de Iberdrola).
Un técnico revisa unos contadores (imagen cortesía de Iberdrola).
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El pasado 24 de octubre entró en vigor la nueva Orden ICT 155/2020 que expone que los contadores de luz, agua y gas no deberán someterse a inspecciones periódicas o tareas de reparación, sino que tendrán que sustituirse una vez hayan alcanzado el límite de su vida útil, que varía en función del tipo de instrumento de medición.

En este sentido, y tal y como explican desde el laboratorio de metrología TÜV SÜD, los contadores de energía eléctrica deberán renovarse a los 15 años, mientras que los de agua y gas tendrán que sustituirse a los 12 y a los 20 años, respectivamente.

Esta nueva orden “simplifica y homogeneiza en un solo texto normativo la regulación de los instrumentos sujetos a control metrológico y supone la derogación de 20 órdenes existentes. La normativa actual queda reducida a tres documentos de interés: la Ley 32/2014 de metrología, el Real Decreto 244/2016 y la nueva Orden ICT 155/2020”, explica Juan Carlos Aranda, Business Unit Manager Metrology de TÜV SÜD.

Plazo para sustituir los contadores y sanciones

La pandemia causada por el COVID-19 retrasó la entrada en vigor de la citada Orden ICT 155/2020, que en principio estaba previsto que se empezase a aplicar el pasado 24 de agosto, seis meses después de su publicación en el BOE. Finalmente, la nueva normativa entró en vigor el pasado 24 de octubre, por lo que los usuarios de los contadores que hayan alcanzado el periodo máximo de vida útil disponen de un plazo de cinco años (a contar desde el pasado día 24 de octubre) para sustituirlos.

Las infracciones, recogidas en el artículo 34 de la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, establecen multas que van desde los 3.005,6 hasta los 601.012,1 euros, en función de la gravedad de las mismas.

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