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Novedades sobre la ocupación de vehículos durante la desescalada

Por Ángeles Moya
Las principales novedades son: que se amplía el número de ocupantes en los vehículos y que no hay indicaciones sobre el uso obligatorio de mascarillas, a pesar de que el Gobierno reguló su obligatoriedad a finales de mayo.

Hasta que llegue la “nueva normalidad” (el 21 de junio finaliza el estado de alarma) hay que seguir cumpliendo la legislación que se ha ido publicando en relación con las diferentes fases de la desescalada.

En lo que respecta a las condiciones de ocupación de los vehículos en el transporte terrestre, el Gobierno ha introducido modificaciones que se han visto reflejadas en una Orden Ministerial del Departamento que dirige Salvador Illa y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 6 de junio.

Las principales novedades son: que se amplía el número de ocupantes en los vehículos y que, al contrario de lo que ocurría en la anterior normativa, no hay indicaciones sobre el uso obligatorio de mascarillas (a pesar de que el Gobierno, a través del Ministerio de Sanidad, publicó una Orden que regulaba su uso obligatorio cuando no se pudiera mantener la distancia de seguridad de 2 metros, distancia que se reducirá a 1,5 metros cuando llegue la “nueva normalidad”).

¿Qué modificaciones se han introducido?

  • Vehículos privados de hasta 9 plazas, incluido el conductor: si todas las personas que se van a desplazar residen en el mismo domicilio, ya se pueden ocupar todas las plazas. Si no, sigue vigente la norma de que sólo pueden ir dos ocupantes por cada fila de asientos, siempre y cuando mantengan la máxima distancia posible.
  • Vehículos públicos de hasta 9 plazas, incluido el conductor: si todos residen en el mismo domicilio, ya pueden viajar tres personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor. Si no, la norma se mantiene igual: podrán desplazarse dos personas por cada fila adicional de asientos respecto de la del conductor, debiendo garantizarse, en todo caso, la distancia máxima posible entre sus ocupantes.
  • Vehículos con una sola fila de asientos (cabinas de vehículos pesados, furgonetas, etc.): máximo dos personas, siempre que guarden la máxima distancia posible.
  • Transporte en autobús y tren: ya se pueden ocupar todos los asientos (antes, sólo la mitad) y, cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
  • Transporte urbano y periurbano en los que existan plataformas habilitadas para el transporte de viajeros de pie, ya podrán ocuparse la totalidad de las plazas sentadas, y se mantendrá una referencia de ocupación de dos usuarios por cada metro cuadrado en la zona habilitada para viajar de pie, debiendo procurarse, en todo caso, la mayor separación entre los pasajeros.
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