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El ministro de Sanidad ha especificado las normas incluidas en el nuevo Real Decreto aprobado hoy en Consejo de Ministros. (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa).
El ministro de Sanidad ha especificado las normas incluidas en el nuevo Real Decreto aprobado hoy en Consejo de Ministros. (Foto: Pool Moncloa / Borja Puig de la Bellacasa).

El Gobierno regula la “nueva normalidad” hasta que haya vacuna o tratamiento contra el COVID-19

Por Ángeles Moya
En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, Illa ha asegurado que, "si las cosas siguen en la línea que están evolucionando, pensamos que el 21 de junio se darán las condiciones para que toda España pueda entrar en la nueva normalidad".

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, 9 de junio, un Real Decreto-ley que regulará la “nueva normalidad. Porque, según ha subrayado la ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, “mientras no tengamos vacuna o tratamiento eficaz, el virus sigue siendo una amenaza para nuestra seguridad”.

Por ello, una vez que finalice el estado de alarma (el próximo 21 de junio), y cuando toda España se encuentre ya en esa “nueva normalidad” tras haber superado todas las fases de la desescalada, habrá que cumplir las normas recogidas en el Real Decreto aprobado hoy. Montero, durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha apelado a la responsabilidad individual. “Tendremos que seguir manteniendo precauciones, por nosotros y por las personas a las que queremos“, ha dicho.

El Real Decreto establece “medidas generales”

El ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha sido el encargado de exponer qué normas seguirán condicionando la vida de los españoles cuando llegue la “nueva normalidad”. “Son medidas que han estado vigentes durante el estado de alarma y que deberán seguir vigentes hasta que el Gobierno declare, de forma motivada, que esta crisis sanitaria ha concluido“, ha resaltado el titular de Sanidad. Y ha insistido en que ese momento no llegará “hasta que no exista una vacuna o un tratamiento eficaz contra el COVID-19“.

También ha precisado que el Real Decreto establece “medidas generales” y que le corresponderá a las Comunidades Autónomas regular, especificar o desarrollar estas normas genéricas “si lo consideran conveniente”.

  • Las mascarillas serán obligatorias (en la vía pública, en espacios al aire libre, en espacios cerrados de uso público y en los medios de transporte) cuando no se pueda mantener la distancia interpersonal de, al menos, 1,5 metros. El incumplimiento de la obligación de uso de mascarillas será considerado infracción leve, con multas de hasta 100 euros.
  • Los centros de trabajo, establecimientos comerciales, locales, etc. deberán garantizar que se cumple la distancia interpersonal.
  • Los centros residenciales deberán estar coordinados con los centros sanitarios de sus Comunidades autónomas y deberán tener preparados planes de contingencia.
  • El Consejo Superior de Deportes tendrá competencias sobre la Liga de Fútbol Profesional y la ACB de baloncesto. En lo referente a ambas competiciones, mantendrá la coordinación con los organizadores, con las Comunidades autónomas y con el Ministerio de Sanidad.
  • Los operadores de transportes que trabajen con asiento preasignado estarán obligados a conservar los registros de pasajeros un mínimo de 4 semanas para poder garantizar la trazabilidad de los contactos si se produjeran casos positivos.
  • Se faculta a la Agencia Española del Medicamento a recabar la información que sea necesaria, de los fabricantes y de toda la cadena de valor, para garantizar la disponibilidad de los medicamentos y productos sanitarios que sean prioritarios para luchar contra el COVID-19.
  • Se sigue haciendo hincapié en la detección precoz y la vigilancia epidemiológica, lo que significa que seguirá siendo obligatorio recoger y remitir información sobre la pandemia por parte de las Comunidades autónomas, y también se tendrán que realizar pruebas (PCR o diagnóstico molecular) tan pronto como sea posible, aspecto éste que será responsabilidad de las redes de atención primaria de las Comunidades Autónomas.
  • Se establecen las medidas para garantizar las capacidades del sistema sanitario ante la eventualidad de que se produjeran rebrotes de la pandemia (disponibilidad de camas, planes de contingencia, número de sanitarios, etc.).

¿Cuándo llegará la “nueva normalidad”?

En respuesta a preguntas formuladas por los medios de comunicación, Salvador Illa ha asegurado que, “si las cosas siguen en la línea que están evolucionando, pensamos que el 21 de junio se darán las condiciones para que toda España pueda entrar en la nueva normalidad“.

Eso supondrá que se levantarán las restricciones de movilidad implantadas durante el confinamiento y que, en definitiva, “se podrá levantar en todo el territorio de España el estado de alarma”, ha subrayado el ministro.

No obstante, Illa también ha afirmado que, en caso de que hubiera algún tipo de indicador o reversión en la evolución de la pandemia que indicara la necesidad de actuar en sentido contrario, “no nos temblará el pulso a la hora de adoptar las medidas que sean pertinentes”.

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