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De izda. a dcha.: Teresa Ribera, ministra para la Transición Ecológica en funciones, junto a Isabel Celaá, ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno en funciones, al comienzo de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
De izda. a dcha.: Teresa Ribera, ministra para la Transición Ecológica en funciones, junto a Isabel Celaá, ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Gobierno en funciones, al comienzo de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Aprobado el Real Decreto-ley que fija la rentabilidad razonable de las instalaciones de renovables

Esta propuesta evita la situación de incertidumbre que se daría para este tipo de instalaciones en el caso de no aprobarse con rango de ley el nuevo valor de rentabilidad razonable antes del 1 de enero de 2020. Asociaciones sectoriales como ANPIER, APPA y UNEF han aplaudido esta medida.

El Consejo de Ministros aprobó el 22 de noviembre un Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes para la necesaria adaptación de parámetros retributivos que afecten al sistema eléctrico, y en concreto a las instalaciones renovables. Así, siguiendo las propuestas de la CNMC, se actualiza el valor de la rentabilidad razonable que se aplicará a las instalaciones de energía renovable, cogeneración y residuos en el periodo 2020-2025, que será del 7,09 %, mientras que en la actualidad es del 7,398 % o del 7,503 % en función del tipo de instalaciones.

Tal como resaltan desde el Ministerio para la Transición Ecológica, esta propuesta “evita la situación de incertidumbre que se daría para este tipo de instalaciones en el caso de no aprobarse con rango de ley el nuevo valor de rentabilidad razonable antes del 1 de enero de 2020”. Por otra parte, y muy importante, plantea un ahorro para el consumidor de electricidad, dado que estas retribuciones se financian a través de los peajes y cargos que figuran en el recibo de la luz.

Modificación del régimen retributivo de 2013

Esta medida introduce criterios de certidumbre a las instalaciones renovables para el próximo periodo regulatorio y da una respuesta favorable a las instalaciones que vieron modificado su régimen retributivo con la normativa aprobada en 2013. En aquel momento, explicó la ministra Teresa Ribera en el Consejo de Ministros, el cambio en las premisas de rentabilidad y de retribución sobre las que los inversores habían hechos sus cálculos iniciales “redujo enormemente las previsiones de recuperación de la inversión previa y provocó una enorme conflictividad”.

Real decreto ley retribucion energias renovables Gob 2

Instantánea de la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros celebrado el pasado 22 de noviembre.

El número de plantas que se vieron afectadas por aquella modificación es de 64.000, según los datos que aportó la ministra para la Transición Ecológica, que se refirió también a los numerosos litigios y procesos arbitrales que los inversores entonces afectados –en su mayor parte internacionales– iniciaron y que han dado, o pueden dar lugar, al reconocimiento de compensaciones e indemnizaciones por parte del Estado.

Así, el Real Decreto-ley permite a estos inversores con instalaciones anteriores a 2013 mantener hasta el año 2031 la rentabilidad actual por sus instalaciones en el 7,39 %, siempre que renuncien a percibir las compensaciones aprobadas a su favor o desistan de los procesos arbitrales o judiciales en curso, medida que ha suscitado cierta polémica.

Asimismo, el Real Decreto-ley también actualiza la tasa de retribución financiera de la producción de energía eléctrica con retribución adicional en los territorios no peninsulares (TNP): entre 2020 y 2025, será del 5,58 %; los últimos cinco años ha sido del 6,503 %. De nuevo, la medida acarreará menores costes en la factura de la luz, para todos los consumidores y para los Presupuestos Generales del Estado.

Una norma que evita la judicialización

Desde APPA (Asociación de Empresas de Energías Renovables) señalan que los sucesivos recortes a las energías renovables que trajo la citada reforma, y que supusieron una reducción de la retribución del orden del 30 % a las instalaciones, provocaron un aluvión de demandas contra el Gobierno. En las cortes de arbitraje internacionales, España ha ido recibiendo diversas condenas al amparar a los inversores extranjeros la Carta de la Energía, algo que no sucede para los inversores nacionales.

APPA pone de relieve que “la nueva norma trata de devolver al sector renovable la estabilidad al evitar el vacío legal que se hubiera producido el 31 de diciembre de 2019 con el final del período regulatorio. Al fijarse la tasa de rentabilidad razonable para los próximos doce años, se proporciona certidumbre a las inversiones y se da visibilidad a los ingresos futuros de un sector fuertemente regulado”.

Eliminar la incertidumbre

El mantenimiento del valor de la rentabilidad razonable para los proyectos fotovoltaicos existentes es un paso importante hacia la estabilidad y seguridad jurídica. Para Jorge Barredo, presidente de UNEF, “eliminar la incertidumbre es fundamental para atraer las inversiones necesarias para desarrollar los más de 30 GW de proyectos fotovoltaicos que se tienen que instalar a 2030 para cumplir con los objetivos definidos por el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima“.

Además, desde UNEF (Unión Española Fotovoltaica) se alaba la iniciativa de concesión de la capacidad de acceso que se libere después del cierre de las centrales térmicas a tecnologías limpias en base a criterios medioambientales y sociales. “La fotovoltaica puede jugar un papel importante en aquellas zonas cuya economía está relacionada con los combustibles fósiles, al generar empleo local y cualificado, tanto en su vertiente de grandes proyectos como en autoconsumo”, ha señalado Barredo.

Real decreto ley retribucion fotovoltaica

El sector fotovoltaico elogia también el nuevo Real-Decreto-ley por lo que supone de supresión de incertidumbre jurídica.

Estabilidad al sector

Para ANPIER (Asociación Nacional de Productores de Energía Fotovoltaica), este Real Decreto-ley significa que las 60.000 familias fotovoltaicas españolas, que acumulan diez años de agresivos recortes retroactivos, que han mermado hasta en un 50 % las retribuciones acordadas por el Estado en su momento, no van a verse expuestas a un recorte adicional del 20 %. “Este colectivo, que tuvo que refinanciar en masa sus activos, para no perder sus instalaciones ni sus patrimonios personales, no hubiera soportado este nuevo y salvaje ajuste”.

Miguel Ángel Martínez-Aroca, presidente de ANPIER, ha resaltado que “el sector valora y reconoce la determinación de este Gobierno y, singularmente, de su ministra para la Transición Ecológica, Teresa Ribera, puesto que, en muchas ocasiones, y por sorprendente que pueda parecer, incluso para hacer justicia hay que ser valiente”.

Resolver el elevado número de litigios

Para fijar un marco retributivo estable a las instalaciones afectadas por modificaciones del régimen económico del sistema eléctrico y contribuir a poner fin a los procedimientos judiciales y litigios existentes, el Real Decreto- ley da la opción a sus titulares de que el valor sobre el que girará la rentabilidad razonable establecida para el primer periodo regulatorio, el actual, quede fijado durante los dos periodos regulatorios que se sucedan, de manera consecutiva, a partir del 1 de enero de 2020, para aquellas instalaciones anteriores al Real Decreto-ley 9/2013. Es decir, mantendrán una rentabilidad razonable por sus instalaciones del 7,398 % hasta 2031.

El ministerio expone que esta medida no será de aplicación cuando exista el derecho a percibir una indemnización como consecuencia de una sentencia firme o un laudo arbitral definitivo, o se mantengan abiertos los procesos arbitrales o judiciales en curso, salvo que se acredite renuncia fehaciente a la percepción de dicha compensación, continuación o reinicio de dichos procesos.

Además, las instalaciones que así lo deseen podrán renunciar al marco retributivo que regula este Real Decreto-ley, y acogerse al ordinario, sujeto a revisión cada seis años.

También en relación al marco retributivo de las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos, el Real Decreto-ley aprobado hoy establece que el Gobierno aprobará antes del 29 de febrero de 2020 el resto de parámetros retributivos que serán de aplicación entre 2020 y 2025, que requerían previamente de la definición de la rentabilidad razonable que se lleva a cabo en esta norma.

Puede consultar el texto del Real Decreto-ley en nuestra sección de Descargables.

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