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El Tribunal Constitucional da luz verde al autoconsumo compartido

Por Miguel Ángel Jiménez
A raíz de un recurso planteado por la Generalitat de Catalunya contra el RD 900/2015, el Constitucional anula la prohibición de que un generador se pueda conectar a la red interior de varios consumidores, abriendo la posibilidad de desarrollar este tipo de instalaciones.

El Tribunal Constitucional elimina una importante traba al autoconsumo: en una reciente sentencia, ha anulado la prohibición de que un generador se pueda conectar a la red interior de varios consumidores, dando la razón al recurso planteado por la Generalitat de Catalunya contra el Real Decreto 900/2015, que regula la producción y suministro de electricidad con autoconsumo, que es principalmente fotovoltaico.

La sentencia anula varios artículos de esta norma y establece que esa medida es inconstitucional y vulnera las competencias de la Generalitat –que ha valorado muy positivamente el dictamen del TC– y dificulta la consecución de los objetivos de eficiencia energética y ambientales establecidos en diferentes Directivas Europeas de cara al año 2020.

El RD 900/2015 prohibía que diferentes consumidores pudieran constituir una red interior y conectarla a un generador, para que así se suministraran su propia energía y la consumieran de manera colegiada; medida muy polémica en un país como España donde cerca del 70% de la población vive en bloques de viviendas y comunidades de vecinos. Además de invadir las competencias de la Generalitat, este articulado suponía un freno para el desarrollo del autoconsumo, ya que perjudicaba la viabilidad de muchos proyectos y desincentivaba el interés de empresas y ciudadanos en esta modalidad descentralizada de producción de electricidad.

Asimismo, la sentencia también atribuye a la Generalitat la gestión del registro de autoconsumo de energía, que tiene como misión el control y seguimiento de los consumidores de las diferentes modalidades de autoconsumo; el RD 900/2015 establecía que esta labor era potestad del Gobierno central.

La asociación de empresas instaladoras de Mallorca (ASINEM) resalta que, ahora, con la posibilidad de realizar el autoconsumo compartido en comunidades de vecinos y bloques “queda por ver si sigue teniendo sentido el polémico impuesto al sol“, justificado en su momento por el exministro José Manuel Soria. Se abre así un nuevo escenario en el que deberán determinarse las condiciones técnicas que deberán cumplir las instalaciones compartidas.

Desde la plataforma ciudadana “Quiero Auditoría Energética” se resalta en este sentido la coherencia del Tribunal Constitucional ya que una legislación previa como el Real Decreto 314/2006, que regula el Código Técnico de la Edificación (CTE), establece en su Documento Básico DB-HE la contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica en los edificios que defina la norma.

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