El fabricante recalca que el 3 de octubre de 2019 se aprobó la orden ministerial ECE/983/2019 que establecía una clase mínima de reacción al fuego para los cables ICT y de redes de telecomunicaciones. Ahora nos hallamos en período de transición hasta el 4 de octubre de este año
Prysmian Group expone que la Orden ministerial ECE/983/2019, de 3 de octubre, establece una clase mínima de reacción al fuego para los cables para Infraestructuras Comunes de Telecomunicaciones (ICT) y redes fijas de acceso ultrarrápido que discurran por edificios, fincas y conjuntos inmobiliarios en régimen de propiedad horizontal; esta clase es la Dca-s2,d2,a2. Así, esta clase mínima de reacción al fuego afecta a cables de telecomunicaciones, entendidos como tales los cables de pares, pares trenzados, coaxiales o fibra óptica.
Por tanto, cuando haya transcurrido 1 año de la entrada en vigor de la citada orden, el próximo 4 de octubre de 2020, ya no se podrán instalar cables para ICT y resto de casos citados con clase inferior a Dca-s2,d2,a2.
Cables en canalización o conductos
Además, cuando estos cables compartan canalización, conducto o estén en contacto con cables de reacción al fuego superior y puedan transmitir el fuego en caso de incendio, todo el conjunto de cables deberá cumplir la reacción al fuego más exigente. Es decir, si por ejemplo, estamos en un emplazamiento en que el cable de energía instalado es de alta seguridad (tipo Afumex Class) y se da la circunstancia explicada, la clase Dca-s2,d2,a2 ya no será válida sino que será necesario instalar cables de clase mínima Cca-s1b,d1,a1.
“Subrayamos la obligatoriedad de designar los ensayos de fuego en la Unión Europea por medio de la clase de reacción al fuego sin posibilidad de añadir otros ensayos puntuales que no estén en el esquema CPR”, explica Lisardo Recio, jefe de producto de Prysmian. Es decir, no es legal ofrecer cables con clase Eca y libres de halógenos. Un cable así solo es reconocido legalmente como Eca (no propagador de la llama) y, por supuesto, no es comparable ni técnica ni legalmente a cables con clase Cca-s1b,d1,a1 que el REBT exigen en locales de pública concurrencia o instalaciones de enlace.
Eliminar los stocks antiguos
Lisardo Recio pone de relieve que “es muy importante recordar que la orden ministerial entró en vigor el 4 de octubre de 2019 y, por tanto, estamos en período de transición desde hace meses”. Así, el 4 de octubre de este año no se podrán instalar, en el ámbito de aplicación referido, los cables de telecomunicaciones que no sean de reacción al fuego mínima Dca-s2,d2,a2. A diferencia de lo que sucede con los cables de energía, la obligación es para todos los actores del mercado (fabricantes, distribuidores, instaladores, etc.). Es decir, el cable antiguo de telecomunicaciones ya no podrá instalarse el 4 de octubre.
Por ello, es importante para distribuidores e instaladores eliminar los stocks antiguos y renovarlos por los cables que cumplen la CPR con el fin de eliminar el riesgo de generar obsoletos. La patronal FACEL (Asociación Española de Fabricantes de Cables y Conductores Eléctricos y de Fibra Óptica) ha publicado una nota en la que refleja esta importante exigencia.
Los cables de telecom están sujetos al CPR
Por último, destacar de nuevo que los cables de telecomunicaciones se ven afectados por el reglamento CPR por ser productos de construcción (se incorporan permanentemente en obras y proyectos de construcción). Esta condición implica que deben cumplir el reglamento desde su fecha de entrada en vigor (1 de julio de 2017) y, por tanto, los cables de telecomunicaciones, sean para los edificios mencionados o no, están sujetos al CPR. Lo que comporta tener asignada una clase de reacción al fuego, la obligación del nuevo marcado CE con toda la información que debe acompañarle y la disponibilidad de la declaración de prestaciones.