El pasado mes de julio, más de 330 funcionarios de la Agencia Tributaria ejecutaron personaciones en 75 locales tras descubrir la utilización de programas informáticos para la ocultación de ventas en sociedades del sector de las instalaciones eléctricas. En este tipo de actuaciones, la AEAT examina documentos sobre la realidad o falsedad de las operaciones económicas declaradas por el contribuyente.
La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) puso en marcha en julio de 2025 la “Operación Amperio”, coordinada en 15 comunidades autónomas contra el fraude fiscal de empresas del sector de las instalaciones y montajes, principalmente eléctricas, susceptibles de utilizar software de doble uso.
La actuación conllevó el inicio de comprobaciones inspectoras a 67 sociedades y 14 personas físicas vinculadas (socios, administradores y personas del entorno familiar) a través de la personación de más de 330 funcionarios de la Agencia Tributaria en 75 locales.
“Pese a que ningún ámbito en concreto es más vulnerable que otro a cometer fraude fiscal, la AEAT recibió una serie de denuncias tributarias que advertían de un posible empleo de software de doble uso para eludir la tributación de ingresos en diversos negocios dedicados a las instalaciones y montajes eléctricos”, explican desde la Agencia Tributaria a Cuadernos de Material Eléctrico.
Tras analizar la información recibida y aquella que consta en las bases de datos de la AEAT, se seleccionó a un colectivo de compañías compatibles con el manejo de este tipo de programas informáticos, dadas las discrepancias existentes entre sus declaraciones tributarias y las aclaraciones aportadas por terceros. De manera paralela, se realizó un análisis de los socios de las empresas que contaban con signos externos de riqueza aparentemente no justificados por la actividad que declaraban sus sociedades.
¿Cómo se efectúan estas operaciones?
La Agencia Tributaria cuenta con órganos centrales que coordinan las zonas territoriales del Área de Inspección. Durante la preparación previa, a la que pueden dedicarse semanas o meses, se mantiene una comunicación permanente entre los ámbitos central y territoriales para valorar el colectivo de empresas a comprobar, solicitar las autorizaciones de entrada y registro pertinentes, etc.
“Hay que tener en cuenta que pueden suceder todo tipo de imponderables que deben solucionarse en el momento, desde casos de intento remoto de borrado de información hasta que un local se encuentre cerrado por cualquier causa a la hora de actuar”, argumentan.
A la vez, se articula una coordinación con los efectivos central y regionales de las unidades de auditoría informática, encargados de la extracción y conservación de la información obtenida. De igual modo, se colabora con el personal del Servicio de Vigilancia Aduanera de la Agencia Tributaria o, en su caso, con otros organismos policiales, a quienes corresponde, en su condición de Fuerza del Orden, facilitar el acceso a las sedes de las empresas y garantizar el correcto desarrollo de las actuaciones de registro.

En este sentido, la “Operación Amperio” supuso el inicio, en el mismo día y por personación, de varios procedimientos inspectores sobre diversas personas jurídicas y/o físicas. Las operaciones de control, tal y como señala la Ley General Tributaria (LGT), tienen un plazo de duración de 18 meses, con carácter general, y 27 meses, cuando se dan determinadas circunstancias establecidas de forma legal.
“Todavía no puede hablarse de resultados propiamente dichos en términos de fraude fiscal. Sin embargo, sí que podemos mencionar, sin perjuicio de lo que se determine a lo largo de los procedimientos inspectores, que se hallaron indicios de la existencia de software de doble uso y de ingresos no declarados”, matizan.
En este tipo de actuaciones, la AEAT examina documentos sobre la realidad o falsedad de las operaciones económicas declaradas por el contribuyente. En general, se busca documentación contable o auxiliar real existente, lo que podría abarcar desde albaranes en papel que reflejen actividades económicas no declaradas hasta documentos electrónicos contenidos en sistemas informáticos de contabilidad “en B” que evidencien la actividad económica real del contribuyente y sea distinta de la declarada.
¿Qué mecanismos utiliza la Agencia Tributaria?
La digitalización de la gestión empresarial, aunque esencial para la eficiencia y el control interno de las actividades económicas, requiere refrendar que los datos generados sean íntegros, auténticos y verificables por la Administración Tributaria. El uso inadecuado de estos sistemas, que permite la manipulación o alteración de registros contables mediante programas o utilidades fraudulentas, ha generado la necesidad de reforzar los mecanismos de control y de prevención del fraude fiscal.
“Más allá del establecimiento de requisitos legales, la AEAT y el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria disponen de unidades especializadas en auditoría informática que realizan el análisis y verificación de los sistemas que llevan a cabo la gestión de la actividad económica. Estos departamentos pretenden dar respuesta a la creciente relación entre las manifestaciones más complejas del fraude fiscal y la utilización de medios informáticos”, trasladan.
En una economía cada vez más digitalizada y global, la AEAT, al igual que el resto de Administraciones Tributarias de todo el mundo, se ha enfrentado al desafío de comprobar datos de actividades económicas que, por su naturaleza digital, son más manipulables, volátiles y duplicables. A este respecto, se ha constatado en comprobaciones tributarias la existencia de software de doble uso diseñado para la evasión o defraudación tributaria.
“Por consiguiente, se han implantado medidas legales y reglamentarias que fijan los requisitos técnicos y de certificación que deben cumplir los sistemas informáticos utilizados por empresarios y profesionales en los procesos de facturación. Además, dado que la lucha contra el fraude fiscal mediante el uso de estos softwares de ocultación forma parte de las directrices de la AEAT, la Agencia Tributaria actúa en consecuencia en cuanto se detecta su aplicación”, defienden.

¿Qué papel juega Verifactu y la Ley Antifraude?
El sistema Verifactu, que introduce la Ley Antifraude, obligará a las empresas a enviar sus datos de facturación a la Agencia Tributaria en tiempo real. Esta medida afectará a todas las sociedades y autónomos a nivel nacional, que deberán cerciorarse de emplear un software de facturación compatible. Algunas excepciones son:
- Empresas que estén sujetas al Suministro Inmediato de Información (SII) y que, habitualmente, alcancen una facturación anual de más de 6 millones de euros.
- Empresas que ya estén trabajando con TicketBai.
Dicho sistema será obligatorio a partir del 1 de enero de 2027 para empresas y del 1 de julio de 2027 para autónomos. En este sentido, la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, incorpora varias obligaciones que atañen de manera directa a las compañías del sector de material eléctrico:
- Prohibición del empleo de software de doble uso que permita modificar o eliminar facturas sin dejar rastro.
- Obligatoriedad de sistemas que certifiquen la inalterabilidad de los datos contables.
- Incremento del control del IVA, debido al cruce automatizado de información con la Agencia Tributaria.
“En consonancia con las recomendaciones internacionales y la experiencia de otros países, Verifactu tiene por objeto corroborar que los sistemas de facturación sean seguros, trazables y estandarizados, facilitando la legibilidad y análisis de los registros, así como su remisión a la Administración Tributaria”, sostienen.
Entre sus fines, se incluyen el refuerzo de la obligación de emitir factura, la garantía de integridad y autenticidad de los datos, la promoción de la equidad y la capacidad contributiva, y la mejora de la eficacia en la comprobación tributaria.
También se pretende fomentar la conciencia fiscal y la colaboración ciudadana, otorgando a los consumidores finales un papel activo en la verificación del cumplimiento tributario gracias a la posibilidad de remitir sus facturas a la Administración.
Ante este escenario, las empresas del sector eléctrico tendrán que revisar sus sistemas de facturación y actualizar sus herramientas tecnológicas para contar con un ERP adaptado al sistema Verifactu y la Ley Antifraude.
En caso de infracción del sistema Verifactu y la Ley Antifraude, las sanciones pueden llegar hasta los 50.000 euros para empresas y autónomos. De igual modo, pueden alcanzar hasta los 150.000 euros para aquellos fabricantes de software que no cumplan con la normativa.
















