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Aumentan las inspecciones a empresas instaladoras en la Comunidad de Madrid
Las infracciones pueden ser desde graves hasta leves.

Aumentan las inspecciones a empresas instaladoras en la Comunidad de Madrid

Por Lola SánchezResponsable de Contenidos del Área de Material Eléctrico
Según indican desde APIEM, esta campaña persigue incrementar la seguridad de las instalaciones.

La Dirección General de Promoción Económica e Industrial de la Comunidad de Madrid ha puesto en marcha una campaña para verificar que las empresas instaladoras inscritas en el Registro Industrial siguen cumpliendo los requisitos declarados en su alta.

Tal y como explican desde la Asociación Profesional de Instaladores Eléctricos y de Telecomunicaciones de Madrid (APIEM), la Administración no verifica en el momento del alta de la empresa si se cumplen dichos requisitos, pero puede inspeccionar a las compañías en cualquier momento.

Entre las condiciones que se solicitan para poder ser inscritos, se encuentran: contar con personal habilitado, según la especialidad; disponer de un seguro de Responsabilidad Civil con la cobertura mínima exigida; y presentar una declaración responsable por parte de la empresa, comprometiéndose al cumplimiento y mantenimiento de lo exigido.

“Con la aprobación del Real Decreto 770/2025, que permite la contratación de profesionales con contratos mercantiles, laborales o u otras modalidades legales, la Dirección General de Promoción Económica e Industrial ha reforzado su papel de inspector”, trasladan.

La campaña de inspección va dirigida a las nuevas empresas, aunque también a las que ya existen y están inscritas en el Registro Industrial, con el objetivo de incrementar la seguridad de las instalaciones.

Sanciones para las empresas instaladoras

En el caso de no cumplir con los requisitos exigidos para estar inscrito en el Registro Industrial, las multas pueden ascender hasta los 6.000 euros, dependiendo de la gravedad. Asimismo, se puede proceder al cese de la actividad de la empresa.

“Las infracciones pueden ser desde graves, como la falsedad u omisión de datos, hasta leves, como no comunicar datos esenciales y no esenciales o presentar errores en los mismos”, finalizan.

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