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En instalaciones de alumbrado exterior

Anfalum alerta de los riesgos y fraudes en el cambio a tecnología Led

Por C de Comunicación
Estos riesgos se producen en la sustitución de tecnologías tradicionales por soluciones Led y se derivan de las bajas prestaciones y rendimiento deficitario del producto final instalado.

Anfalum (Asociación
Española de Fabricantes de Iluminación)
ha advertido en un comunicado de los riesgos y responsabilidades y de los posibles
fraudes a la ciudadanía que se incurre en aquellas instalaciones de alumbrado exterior en las que se están realizando
el cambio de sistemas tradicionales de iluminación a tecnología Led. Estos riesgos se derivan de las
bajas prestaciones y la disminución de rendimiento del producto final.

La asociación pone el acento en dos tipos de actuaciones en
este ámbito: la sustitución de lámparas de descarga, vapor de sodio o halogenuros
metálicos por lámparas Led de conexión
directa
; y el denominado retrofit
de la luminaria”
, que consiste en modificar el diseño original y
“cortocircuitar” componentes eléctricos para situar en su lugar placas de Led´s.

Ambas transformaciones pueden resultar peligrosas si no se
realizan los ensayos necesarios para poder demostrar que se cumple con toda la
legislación y normativa vigente que afecta a la nueva luminaria resultante,
además de los problemas que se originan en la instalación en cuanto a sus
prestaciones lumínicas.

Anfalum recalca que cuando una empresa, instalador o
particular lleva a cabo alteraciones de las características esenciales de la
luminaria –tales como eliminar el balasto y/o arrancador, puentearlo o
cortocircuitarlo o disponer de una fuente de luz no compatible con el diseño
efectuado por el fabricante inicial de esa luminaria–, “se convierte
automáticamente en el fabricante de dicha luminaria y, por tanto, responsable
de la misma”.

La asociación recuerda en el comunicado que, con arreglo a
lo establecido en el Real Decreto
1890/2008
, de 14 de noviembre, “todas las instalaciones de alumbrado
exterior deben disponer de un proyecto
luminotécnico
o memoria técnica de diseño, plan de mantenimiento y la calificación energética de la instalación
efectuada a través de un etiquetado energético”. Todo ello exigible en nuevas
instalaciones, modificaciones y/o ampliaciones superiores al 50% de la potencia
o luminarias instaladas, y a los que considere la Administración como
necesarios.

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