Inicio / Movilidad eléctrica / Se aprueba la orden que regula la información sobre los puntos de recarga eléctrica públicos
La información que deban remitir los titulares de los puntos de recarga será fijada en atención en la potencia de carga o la ubicación de los puntos de especial relevancia. Fuente: Freepik

Se aprueba la orden que regula la información sobre los puntos de recarga eléctrica públicos

La ubicación, el horario, la potencia máxima y el tipo y modo de carga son algunos de los datos a los que la ciudadanía podrá acceder Los puntos públicos con una potencia superior a 43 kW deberán actualizar automáticamente sus precios y su disponibilidad.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) publicó ayer 4 de mayo en el Boletín Oficial del Estado la Orden TED/445/2023, mediante la cual las empresas encargadas de gestionar los puntos de recarga para vehículos eléctricos tendrán que remitir información sobre las características de sus instalaciones y el precio de sus servicios.

Las instalaciones de recarga de vehículos deberán estar inscritas en un listado de puntos de recarga gestionado por las Comunidades Autónomas. La ubicación, el horario, la potencia máxima y el tipo y modo de carga son algunos de los datos a los que la ciudadanía podrá acceder. Los puntos públicos con una potencia superior a 43 kW deberán actualizar automáticamente sus precios y su disponibilidad.

Según se detalla en la Orden, las empresas encargadas de gestionar los puntos de recarga para vehículos eléctricos “tendrán que remitir información sobre las características de sus instalaciones y el precio de sus servicios al MITECO, que la publicará en un mapa web interactivo, similar al actual Geoportal Gasolineras, al que todos los ciudadanos podrán acceder a través de internet”.

Para ello, la orden que ayer publicó el BOE regula la información que deben remitir las empresas que prestan servicios de recarga eléctrica al MITECO y a las comunidades autónomas. Además de enviar información general –NIF, razón social, datos de contacto, número de teléfono de incidencias, página web, etc.–, a este Ministerio se le enviarán dos tipos de información de carácter público que será incluida en el Geoportal: estática y dinámica.

Información estática y dinámica sobre los puntos de recarga

Entre la información estática figurará la “dirección y el horario de la infraestructura de recarga, su accesibilidad, la potencia máxima, los métodos de pago disponibles, y el tipo y modo de carga de cada conector, entre otros datos. Esta información deberá remitirse desde la entrada en vigor de la Orden ministerial, el próximo 16 de mayo, y tendrá que actualizarse en un plazo máximo de una semana tras cualquier modificación”, como indica el MITECO.

La información dinámica, por su parte, refiere a la disponibilidad de la instalación y al precio de venta de la electricidad o del servicio de recarga. Solamente los puntos de potencia igual o superior a 43 kW tendrán la obligación de remitirla, y tendrá que actualizarse automáticamente, siempre que haya una modificación. “Los puntos de potencia inferior también podrán remitir esta información voluntariamente“, explican, entrando a formar parte de la base de datos de Geoportal.

Objetivo y procedimiento

Para el MITECO, una barrera para el desarrollo del vehículo eléctrico es la falta de conocimiento, por parte del consumidor, de la localización y disponibilidad de la infraestructura de puntos de recarga. Como defienden “para que desaparezca esta carencia y facilitar la adopción y evaluación de políticas de fomento de la electrificación del transporte terrestre, la normativa prevé dar publicidad a dichas infraestructuras”.

Con el objetivo de facilitar la automatización del envío por medios electrónicos de estos datos dinámicos, este Ministerio habilitará una aplicación y un procedimiento que desarrollará en una resolución que se publicará en el BOE. Los operadores dispondrán desde la publicación de este procedimiento, de un plazo de tres meses desde para remitir la información.

Como indica el propio ministerio, se estima que hay unos 35 Operadores de puntos de recarga de acceso público y otros tantos proveedores de servicios de movilidad eléctrica que proporcionarán información a al MITECO para publicarla en el citado Geoportal.

Notificar nuevos comentarios
Notificar
guest
0 Comentarios
Comentarios en línea
Ver todos los comentarios
Scroll al inicio