La Directiva 2012/27/UE de Eficiencia Energética indica en su artículo 7 que cada Estado miembro de la Unión Europea debe establecer un sistema de obligaciones de eficiencia energética dirigido a distribuidores de energía y empresas minoristas de venta de energía. El objetivo detrás de esta acción es contribuir al cumplimiento de ahorro de energía final para el año 2030 prescrito en dicha Directiva.
Hasta la entrada en vigor del Real Decreto 36/2023 donde se establece un sistema de Certificados de Ahorro Energético (CAE), las empresas sujetas a estas disposiciones (en adelante, sujetos obligados) debían aportar al denominado Fondo Nacional de Eficiencia Energética, gestionado por el IDAE, la cantidad económica equivalente al ahorro que debían conseguir, para que el IDAE dedicara dichos fondos a realizar acciones en eficiencia energética con el mismo objetivo de reducción de energía final previsto para 2030.
Con la introducción del sistema CAE se ofrece la posibilidad de que los sujetos obligados puedan comprar, directa o indirectamente (a través de los denominados sujetos delegados), los ahorros energéticos obtenidos por los consumidores finales.
Sistema de Certificación de Ahorro Energético (CAE): quién es quién

Para ello, se han desarrollado una serie de medidas estandarizadas de eficiencia energética que permiten conocer de antemano aquellas actuaciones susceptibles de generar un ahorro energético certificable, así como la cantidad de estos.
En particular la implantación de sistemas de automatización y control está cubierta para edificios terciarios y residenciales.
Dentro de esta serie de medidas, figura la medida TER050 “Sistema de automatización y control para edificios del sector terciario (BACS)”.
A lo largo de este artículo se darán unas pinceladas sobre el funcionamiento de esta medida.
Ficha TER050 y los sistemas BACS en edificios terciarios
La ficha TER050 fue publicada inicialmente mediante la Orden TED/845/2023 y modificada mediante la Resolución de 3 de julio de 2024 de la Dirección de Planificación y Coordinación Energética y define los ahorros energéticos derivados de la instalación o actualización de un sistema de automatización y control en edificios terciarios tales como hospitales, hoteles, residencias geriátricas, centros comerciales, oficinas, aeropuertos, bibliotecas, centros culturales y similares.
Aunque en la primera versión de la ficha era necesario que estos sistemas de automatización y control de edificios integraran al menos 3 de los siguientes servicios: calefacción, agua caliente sanitaria, refrigeración e iluminación, siempre y cuando cada uno de éstos implicara al menos un 5 % del consumo de energía final del edificio, en la revisión de la ficha se eliminó dicha prescripción y actualmente se pueden valorar por separado cada uno de los servicios.
Estandarización con la norma UNE-EN ISO 52120-1:2022
La base del cálculo del ahorro consiste en determinar la clase de eficiencia energética del sistema de automatización y control, según la norma UNE-EN ISO 52120-1:2022.
Para ello es necesario evaluar cada uno de dichos servicios según la norma: en función de las características del control de cada uno de los servicios, esta regulación permite establecer una clase de eficiencia energética que varía desde la letra D, como la clase menos eficiente, a la clase A de mayor eficiencia.
Método de evaluación y factores de cálculo
A la hora de realizar dicha evaluación, es necesario conocer las características técnicas de dicho control, lo que requiere de un profesional cualificado, y según la norma, asignar la clase de eficiencia energética correspondiente tanto para el sistema de automatización y control existente como para el nuevo sistema de automatización y control. Si no existía sistema de automatización y control antes de la actuación, la clase inicial sería la D.
Observar que la clase de cada servicio será la menor de las clases obtenidas durante la evaluación de las características técnicas de cada uno de ellos. Una vez se han obtenido dichas clases para antes y después de la actuación, la propia ficha TER050 proporciona unos factores que permiten calcular de forma sencilla y ágil y antes de implantar el propio sistema de automatización y control, el ahorro energético derivado de la actuación. Estos coeficientes están definidos en la norma UNE-EN ISO 52120-1:2022, aunque también aparecen reflejados en el texto de la TER050.
Para poder calcular el valor absoluto del ahorro según las fórmulas indicadas en la propia ficha TER050, es necesario conocer la energía consumida por cada uno de los servicios del edificio.
El valor de energía consumida por cada servicio corresponde al valor de energía final consumida por cada uno de los servicios que figura en el Certificado de Eficiencia Energética, antes de implantar un nuevo sistema de automatización y control o cambiar el existente.
El impacto económico de los ahorros energéticos
Dicho consumo energético es un valor teórico proporcionado por los programas de certificación energética reconocidos (HULC, CE3, CE3X, etc.) y que figura en dicho certificado, es decir, no es necesario tener un registro real de los consumos del edificio.
Cabe destacar que estos cálculos los podrán realizar el técnico/empresa autorizada para realizar dicho tipo de instalación y deberán justificarse los cálculos mediante una declaración responsable donde, además, se identificará la actuación, propietario y beneficiario de la actuación e instalador o empresa instaladora.
Finalmente, los ahorros conseguidos con estas medidas podrán ser comprados por los sujetos delegados quienes podrán hacer “paquetes” de ahorros con éstas y otras actuaciones de otros usuarios y que finalmente podrán vender a los sujetos obligados.
A modo orientativo, el precio que los sujetos delegados están pagando en la actualidad rondan los 0,1 €/kWh y año mientras que, según la Orden TED/268/2024, el precio que deberían pagar los sujetos obligados al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en 2024, en concepto de obligación de ahorro energético, es de 0,18237317 €/kWh y año. Así pues, la diferencia entre ambos precios sería la máxima cantidad que podrían repartirse los usuarios finales y los sujetos delegados.

Así pues, la metodología del Sistema CAE representa una manera de promover la eficiencia energética, obligada por otro lado por los objetivos de descarbonización para 2030, en el que tanto usuarios finales como sujetos delegados y sujetos obligados pueden beneficiarse económicamente más allá del propio beneficio que supone disminuir sus consumos energéticos. Este sistema es una manera relativamente sencilla de beneficiarse de dichos ahorros y promueve el mercado de la eficiencia energética.










