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Así están afectando las nuevas restricciones de Madrid a los instaladores

Los profesionales que entren o salgan de alguna de las 37 zonas básicas de salud afectadas por las nuevas medidas deberán portar un “justificante de movilidad COVID” que pueden descargar desde este artículo.

Este lunes, 21 de septiembre, entró en vigor la Orden 1178/2020, de 18 de septiembre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinadas zonas básicas de salud de Madrid.

La normativa, que puede consultarse completa aquí, restringe la entrada y salida en 37 zonas sanitarias, limita las reuniones privadas a seis personas y los horarios comerciales hasta las 22:00 horas durante catorce días. Además, se reduce el aforo al 50% en comercios, mientras que en velatorios y espacios de culto el aforo máximo será de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.

Repercusión de las restricciones entre los instaladores

De momento, las medidas anunciadas por Isabel Díaz Ayuso el pasado viernes no han tenido una especial incidencia entre los instaladores del sector. “En lo que respecta al trabajo del instalador, la normativa no afecta a su trabajo. Solo para aquellos que tienen un local a pie de calle, donde tendrían que reducir el aforo al 50%” ha señalado Inma Peiró, directora general de Agremia, en declaraciones C de Comunicación.

Justificante de movilidad

A pesar de la baja incidencia de las restricciones en la labor de los instaladores, las empresas y empleados que se encuentren en alguna de las 37 zonas básicas de salud afectadas por las nuevas medidas de contención del virus necesitan un justificante de movilidad.

En este sentido, la Comunidad de Madrid ha lanzado un “justificante de movilidad COVID” para todos aquellos que por motivos laborales deban desplazarse dentro y fuera de las zonas restringidas.

Puede descargar el justificante aquí.

¿A qué zonas afectan las restricciones?

Las zonas en las que las restricciones permanecerán activas durante 14 días son:

  • Madrid capital: Puerta Bonita, Vista Alegre y Guayaba, en Carabanchel; Almendrales, Las Calesas, Zofío, Orcasur y San Fermín, en Usera; San Andrés, San Cristóbal, El Espinillo y Los Rosales, en Villaverde; la zona básica de Villa de Vallecas; Entrevías, Martínez de la Riva, San Diego, Numancia, Peña Prieta, Pozo del Tío Raimundo, Ángela Uriarte, Alcalá de Guadaira y Federica Montseny, en el distrito de Puente de Vallecas; y Doctor Cirajas, Ghandi, Daroca y La Elipa, en Ciudad Lineal.
  • Fuenlabrada: zonas básicas de salud de Alicante, Cuzco y Francia.
  • En los municipios de Humanes de Madrid y Moraleja de En medio.
  • Parla: zonas básicas de salud de San Blas e Isabel II.
  • Getafe: Las Margaritas y Sánchez Morate.
  • San Sebastián de los Reyes: zona de Reyes Católicos.
  • Alcobendas: zonas básicas de salud de Chopera y Miraflores.

Cabe mencionar que la nueva normativa afecta a más de 850.000 personas. Las multas por infringir las nuevas restricciones oscilan entre los 600 y los 600.000 euros.

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