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FENIE reclama un aplazamiento para las adaptaciones del segundo Dividendo Digital

La Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones de España ha solicitado formalmente a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones que, mientras se mantenga el estado de alarma por el COVID-19, se amplíe el plazo para las actuaciones derivadas del segundo dividendo.

FENIE ha solicitado formalmente a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales que se amplíe el plazo correspondiente al periodo de adaptaciones relacionadas con el segundo Dividendo Digital durante, al menos, el tiempo que se mantenga el estado de alarma derivado de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Esta petición se produce independientemente de que la citada Secretaría de Estado, dependiente del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, haya aclarado que “las empresas de instalación de telecomunicaciones y sus operarios pueden seguir ejercitando su actividad durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID -19, siempre que se respeten las medidas dictadas por las autoridades sanitarias”.

Desde FENIE (Federación Nacional de Empresarios de Instalaciones de España) se considera que “va a ser muy complicado cumplir con los plazos establecidos”. La motivación de esta petición se debe a que muchas de las empresas están realizando únicamente actuaciones prioritarias o de emergencia encontrándose que no pueden acceder a los lugares de trabajo. Hay que recordar que el plazo previsto para finalizar las adaptaciones del segundo Dividendo Digital es el 30 de junio de 2020.

Y, por otro lado, dada la carencia en el suministro de elementos de protección sanitaria, que está dificultando que las empresas instaladoras no pueden desarrollar las actuaciones en las instalaciones de los clientes con el ritmo anterior a la declaración del estado de alarma, ponen de relieve desde la Federación.

Afectación de la normativa CPR

Por otro lado, FENIE también ha solicitado que se amplíe el plazo de transición para exigir la obligación de instalación de cables acogidos a la normativa CPR (Reglamento Europeo para productos de la construcción), que está establecido para el día 4 de octubre de 2020.

Del mismo modo que para el Dividendo Digital, FENIE solicita que se amplíe el plazo el mismo periodo que se mantenga la declaración de alerta o, en su caso, “que se modifique la normativa de tal forma que aquellas empresas instaladoras que hayan adquirido el cable con anterioridad a la fecha límite puedan seguir instalando el cable no sujeto a la normativa CPR hasta fin de existencias”, añaden.

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