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La justicia da la razón al Ayuntamiento de Madrid frente a Endesa, Iberdrola y Gas Natural

Por Miguel Ángel Jiménez
El Tribunal Administrativo de Contratación Pública otorga la razón al consistorio y desestima los recursos presentados por las eléctricas contra los pliegos del acuerdo marco de electricidad. Así, el 100% del suministro eléctrico tendrá certificado de origen renovable.

El Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid desestimó el pasado 18 de abril los recursos presentados por Endesa, Iberdrola y Gas Natural Fenosa contra los pliegos administrativos y de prescripciones técnicas del acuerdo marco para el suministro de energía eléctrica, dando la razón al Ayuntamiento de la capital. La sentencia es firme en la vía administrativa y será directamente ejecutiva.

El objeto del acuerdo marco es el suministro de energía eléctrica renovable para el periodo entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de junio de 2020 y su acceso a redes para edificios municipales y equipamientos del Ayuntamiento de Madrid –y sus organismos autónomos–. Según el consistorio, “este acuerdo facilita el acceso a la contratación pública a las pequeñas y medianas empresas, incorpora criterios de eficiencia energética y de inclusión social, y recoge la exigencia de que la energía comercializada sea de origen 100% renovable“. Cabe recordar que los pliegos del acuerdo fueron aprobados el pasado 1 de marzo en Junta de Gobierno, y corresponden a cuatro lotes de energía eléctrica por un importe de 82 millones de euros.

Jorge García Castaño, delegado de Economía y Hacienda del Ayuntamiento, puso de relieve que el acuerdo marco incorpora como criterio de solvencia técnica la certificación A, emitida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), de que la energía comercializada es de origen renovable al 100%. De acuerdo con el informe publicado el 27 de abril de 2017 por la CNMC (y así lo recoge también la sentencia del Tribunal Administrativo), 76 empresas comercializadoras suministran energía 100% renovable, siendo empresas de tamaño grande, mediano y pequeño; esto supone el 64% de las comercializadoras.

Certificación A, energía 100% renovable

Gas Natural Fenosa, Iberdrola y Endesa presentaron sus recursos entre el 16 y el 23 de marzo; estas compañías eléctricas señalaban en sus demandas su interés por participar en la licitación y se consideraban perjudicadas, “ya que consideraban que les impedía concurrir en igualdad de condiciones a la licitación”. La resolución del Tribunal procede a desestimar los tres recursos; contra esta sentencia cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid.

De este modo, la comercializadora que licite al contrato debe estar calificada con la etiqueta A expedida por la CNMC. La certificación exigida aparece como adecuada para acreditar la solvencia técnica relativa a las empresas comercializadoras de energía eléctrica en cuanto a garantizar que solo han sido suministradoras de energía 100% renovable y, además, que en sus garantías de origen no aparece otro tipo de energía.

La sentencia no admite que otras comercializadoras habilitadas legalmente para el desarrollo de la actividad, y que también pueden vender energía renovable, puedan acceder al contrato por el hecho de que en su cartera de ventas se incluya un mix de fuentes de energía con otros orígenes que no se compran en este contrato. “Admitirlas supondría que la energía incluida en el mix que entreguen en el Ayuntamiento, aun con su certificado de garantía de origen, no tendría un origen acreditado 100% renovable”, señalan en el consistorio.

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