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Se modifica la norma de certificación energética de los edificios

El Consejo de Ministros aprobó el 2 de junio un Real Decreto que recoge dos cambios puntuales en esta normativa, con el fin de transponer mejor la Directiva comunitaria, sobre todo para adaptar a la norma europea el término "edificio de consumo de energía casi nulo".

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 2 de junio un Real Decreto que recoge dos modificaciones puntuales de una reglamentación previa que regula el procedimiento para la certificación de energética de los edificios, establecido en el Real Decreto del 5 de abril de 2014.

El objetivo del Gobierno con estos cambios es dar cumplimiento a la transposición de la Directiva Europea 2010/31/UE relativa a la eficiencia energética de los edificios.

La primera modificación recoge la definición exacta del término “edificio de consumo de energía casi nulo” (EECN), con el fin de hacerla coincidir con las exigencias recogidas en la citada Directiva comunitaria. La casi nula o muy baja cantidad de energía que precisa este edificio debería cubrirse de manera muy amplia por energías renovables en el propio inmueble o en sus inmediaciones.

El segundo cambio afecta a los edificios que están excluidos del ámbito de aplicación del Real Decreto. En este caso, la modificación supone que determinados edificios protegidos oficialmente, a partir de ahora sí tendrán que contar con un certificado de eficiencia energética.

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