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Borrador de Real Decreto

Las pymes, las más perjudicadas por la nueva normativa de autoconsumo

Por Miguel Ángel Jiménez
Con el “impuesto al sol”, cada kWh de energía consumido por un propietario de una instalación de autoconsumo pagaría al sistema el doble de peajes que ese mismo kWh comprado de la red por un consumidor que no disponga de una instalación de autoconsumo.

La Unión Española Fotovoltaica (UNEF) ha manifestado que los cambios introducidos en el último borrador de Real Decreto de autoconsumo son “cosméticos” y que en esencia “sigue ideado para entorpecer el desarrollo del autoconsumo y no para promoverlo como debería”, ha declarado Jorge Barredo, presidente de esta entidad.

Las pymes y las empresas de servicios serían, precisamente, las que más se podrían beneficiar del autoconsumo, ya que, al coincidir las horas de producción con las de consumo, la inversión sería especialmente interesante como forma de aumentar su competitividad.

Sin embargo, el texto, que ya tiene el visto bueno del Consejo de Estado, carga contra estas pequeñas y medianas empresas el mayor peso del denominado “impuesto al sol”, según detalla en un comunicado UNEF. En un modelo de autoconsumo con balance neto como el existente en la mayoría de los países, una empresa de servicios recuperaría su inversión en un plazo de cinco años, algo más de cuatro en el caso de las pymes.

Con este borrador, que no incluye balance neto para los excedentes e introduce el “impuesto al sol”, la empresa de servicios no rentabilizaría su inversión hasta los doce años, algo más de siete para el caso de una pyme.

El nuevo “impuesto al sol”

El nuevo texto añade, al “impuesto al sol” por la energía autogenerada y consumida, una nueva tasa para todos los propietarios en función de la potencia instalada:

  • Cargo por la potencia instalada (€/kW año) para todas las instalaciones. Este cargo se pagará por la fracción de horas en las que haya autoconsumo.
  • Cargo por la energía autoconsumida (€KWh). Este cargo estará compuesto por los peajes de acceso menos las pérdidas en redes más los servicios de ajuste (pagos por capacidad y servicios de ajuste, interrumpibilidad y retribuciones al operador del mercado y del sistema. Se exime de estos cargos a:
    • A las instalaciones de P≤10kW.
    • A las instalaciones ubicadas en las islas Canarias, Ceuta y Melilla.
    • A las instalaciones de cogeneración y frenado de trenes hasta 2020.
    • Se establece un cargo reducido en Mallorca y Menorca.

La norma prevé estos “cargos” de forma transitoria, hasta que se desarrolle una metodología de asignación de cargos. Es decir, señala UNEF, no ofrece ningún tipo de seguridad jurídica a los inversores, pues apunta que estos “cargos” podrían cambiar próximamente.

Con el “impuesto al sol” propuesto por el Gobierno, cada kWh de energía consumido por un propietario de una instalación de autoconsumo pagaría al sistema el doble de peajes que ese mismo kWh comprado de la red por un consumidor que no disponga de una instalación de autoconsumo.

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