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En el comparador de ofertas de energía de la CNMC

Los precios de la tarifa plana de las eléctricas, ya disponibles

Por C de Comunicación
La CNMC advierte de que la diferencia existente para un pequeño consumidor entre contratar la oferta de electricidad más barata y la más cara disponible en este momento en el mercado supera hoy los 100 euros al año.

La CNMC (Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia) publicó el pasado viernes 25 de
abril en su comparador de ofertas de energía las Ofertas Alternativas a Precio Fijo Anual de electricidad para
los consumidores con potencia contratada inferior o igual a 10 kW que le han
remitido las cinco comercializadoras de referencia, es decir, los precios de la
llamada tarifa plana anual.

Numerosos expertos y organizaciones de consumidores han
denunciado que esta opción en el precio de la electricidad sería la más cara
para el usuario final, que además suscribiría un compromiso de permanencia.

La CNMC advierte en un comunicado que la contratación de
este tipo de productos debe realizarse después de comparar cuidadosamente otras
ofertas disponibles en el mercado, “dado que no todas ellas son directamente
comparables al incluir diferentes condiciones y servicios”. La diferencia
existente para un pequeño consumidor
entre contratar la oferta más barata y la
más cara disponible en este momento en el mercado supera, actualmente, los 100 euros
al año. La CNMC recomienda prudencia en la contratación de estas ofertas
alternativas por parte del consumidor, más aún teniendo en cuenta que su
rescisión anticipada conlleva una penalización que no incluyen otras ofertas
disponibles en el mercado.

El Real Decreto
216/2014
, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el
pequeño consumidor de energía eléctrica
(PVPC), establece que las
comercializadoras de referencia deben ofrecer a sus clientes un precio que se
mantendrá fijo durante un periodo de un año desde el momento de su contratación.
“El objetivo de tal obligación es ofrecer un precio más estable que el precio
voluntario para el pequeño consumidor de energía eléctrica”, según señala la
CNMC en el comunicado.

Cabe recordar que cualquier consumidor de
electricidad de potencia contratada inferior o igual a 10 kW tiene tres
opciones de
contratación del suministro de electricidad:

– 
la opción regulada en Real Decreto 216/2014 del
precio voluntario para el pequeño consumidor de energía eléctrica, vinculado a
la evolución del precio del mercado mayorista de contado;

– 
la posibilidad de contratar cualquier oferta
libre disponible en el mercado, que garantiza el precio durante diferentes
horizontes de tiempo;

– 
y la oferta alternativa para el suministro de
electricidad a precio fijo durante un año, regulada por el Real Decreto
216/2014, de 28 de marzo, que es la que publicó la CNMC el 25 de abril.

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